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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión de 28.22.68, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2º del Real Decreto 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y enrgía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de
3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente, y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Cía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada-Escudo del Carmen, 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Línea Subestación Mondújar-Talará. Final: Centro de transformación.
Términos municipales afectados: Lecrín.
Tipo: aérea.
Longuitud en Km.: 0,100
Tensión de servicio: 20 KV
Conductores: Al. Ac. de 54,6 mm2
Apoyos: metálicos.
Aisladores: Cadena 3 elementos
Potencia a Transportar: 630 KVA
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Mondújar.
Tipo: Interior.
Red de B.T.
Conductor: Al de 240 mm2.
Longuitud: km. 0,216
Clase: subterránea.
Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 2.964.000, pesetas.
Finalidad: Sustituir C.T. intemperie (Expte. 1208/A.T.) Referencia: 4309/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo , sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 20 de abril de 1990.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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