Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 18/5/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 26 de abril de 1990, de la Dirección General de la Inspección General de Servicios, por la que se publica la Resolución del Secretario General para la Administración Pública, recaída en expediente núm. 3449 de don Federico Ristori Peláez, sobre incompatibilidades.

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A efectos de notificación al interesado, de conformidad con lo previsto en el artículo 80.3º de la Ley de Procedimiento Administrativo, se hace pública la Resolución dictada por el Secretario General para la Administración Pública con fecha 27 de junio de 1989, cuyo contenido es el siguiente:

"Visto el expediente instruido y tramitado confome a lo previsto en los artículos 9 y 14 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y disposiciones complementarias, como consecuencia de la solicitud formulada por D.Federico Ristori Peláez para compatibiliar su actividad principal como Médico Asesor Mutualismo Laboral en la UMVI de Sevilla (actualmente en Comisión de Servicios de la UMVI de Cadiz),con su astividad secundaria como Médico especialista "Ad Personam" en la Gerencia Provincial del S.A. S. en Sevilla, y en base a los siguientes Fundamentos Jurídicos":

"1º. Que se vulnera el artículo 1.3 de la Ley 53/84 al menoscabar los deberes inherentes a los puestos de trabajo al desarrollarse los mismos en localidades distintas.

2º. Que asimismo el artículo 29 del Decreto 3160/1966, de 23 de diciembre , que aprueba el Estatuto del personal Médico de la Seguridad Social, aplicable a tenor de la Disposición denegatoria de la Ley 53/84 prohibe el desempeño simultáneo de más de una plaza de cualquier orden dentro de la Seguridad Social.

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RESUELVO

Declarar incompatible a D. Federico Ristori Peláez como Médico Especialista de Ginecología en situación "Ad Personam" y dependiente de la Gerencia Provincial del S.A.S. de Sevilla. Interesar de la Consejería de Salud y Servicios Sociales adopte las medidas oportunas en orden al cese del interesado en el puesto recién indicado.

Interesar asimismo de la Consejería de Salud y Servicios Sociales adopte las medidas disciplinarias previstas en el artículo 20 de la Ley 53/84 consecuentes a la falta de declaración del interesado". Contra esta Resolución podrá interponerse Recurso de Reposición previo al Contencioso-Administrativo, ante el Consejero de Gobernación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación .

Sevilla, 26 de abril de 1990.- El Director General, José de Haro Bailón.

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