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En el recurso nº 234/88 interpuesto por Gloria Luque López, contra Resolución de 27.11.87, que confirma la de 18.5.87, resolviendo concurso de traslados general, restringido y preescolar, convocado en 20.10.86, se ha dictado sentencia con fecha 23 de febrero de 1990, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. José Gabriel García Lirola, en nombre de D. Gloria Luque López contra Resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de 27.11.87, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Orden de dicha Consejería de 18 de mayo del mismo año por la que se resolvía definitivamente el concurso de traslados general, restringido y preescolar, convocado por orden de
20.10.86, y en consecuencia se confirman las resoluciones impugnadas por ser ajustadas a derecho".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 16 de mayo de 1990
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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