Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 8/6/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 28 de mayo de 1990, de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por la que se acuerda la realización de actuación singular de los grupos de 12 y 15 viviendas en Baeza (Jaén) (J-85/06-AS y J-86\ 120-AS ).

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Ilmos. Sres.:

El Artículo sexto del Decreto 237/85 de 6 de noviembre sobre ajudicación de viviendas de promoción pública, establece la posibilidad de acordar la realización de Actuaciones Singulares destinadas a solucionar necesidades derivadas de operaciones de remodelación, relocalización y similares a aquellas otras que se consideren de interés social singular por el contenido de procedimiento o los objetivos perseguidos y que afecten a colectivos concretos de población, con la obligación de incorporar en la resolución las normas de adjudicación específicas ajustadas a las circunstancias de la operación concreta.

La Comisión Provincial de la Vivienda de Jaén, en su sesión del día 16 de noviembre de 1988, a propuesta del Ayuntamiento de Baeza y al amparo de lo dispuesto en el artículo citado, acordó solicitar de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda que las 12 viviendas construidas al amparo del expediente J-85

006-AS y el Grupo de 15 viviendas, del

expediente J-86

120-AS sean adjudicadas a las familias afectadas por las actuaciones urbanísticas y arquitectónicas proyectadas por el Ayuntamiento de Baeza.

La declaración de actuación singular se solicita como consecuencia de la necesidad del Ayuntamiento de realizar remodelaciones urbanísticas y, concretamente proceder a derribar algunas casas sitas en el Paseo de las Murallas por no tener las mismas condiciones de salubridad mínimas, siendo inadecuadas para los tiempos en que vivimos y que por estar enclavados dentro del Casco Antiguo de la ciudad vienen a estropear el entorno en que se hallan.

Por tanto, la actuación que se pretende se encuentra recogida en los supuestos previstos, por lo que en su virtud, y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 6. del Decreto 237/85 de 6 de noviembre y a propuesta de la Comisión Provincial de la Vivienda en Jaén, por esta Dirección General de Arquitectura y Vivienda se ha resuelto:

Primero: Se declara actuación singular el grupo de 12 viviendas construidas en Baeza al amparo del expediente J-85

06-AS, así como el de

15 viviendas construidas en la misma ciudad y con expediente J-86

120-AS.

Segundo: Estas viviendas se adjudicarán de acuerdo con las normas específicas que figuran como Anexo de esta resolución.

Tercero: La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de mayo de 1990.- El Director General, José Ramón Moreno García.

Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Jaén.

ANEXO:

Normas específicas de adjudicación de los grupos de 12 y 15 viviendas construidas en Baeza (Jaén) al amparo de los expedientes J-85

06-AS y

J-86

120-AS respectivamente.

Artículo 1. Serán adjudicatarios de los grupos 12 y 15 viviendas construidas en Baeza (Jaén) al amparo de los expedientes J-85

06-AS y

J-86

120-AS, las unidades familiares que fuesen precisas desalojar para realizar actuaciones urbanísticas dentro del casco antiguo de la ciudad de Baeza.

Artículo 2. 1) El régimen de adjudicación de las viviendas será el de arrendamiento.

2) Todos los integrantes de las listas de adjudicatarios deberán reunir, además de las especiales contenidas en este Anexo, las condiciones generales contempladas en el Decreto 237/85 de 6 de noviembre para ser adjudicatarios de una vivienda de promoción pública.

Artículo 3. Corresponde al Ayuntamiento de Baeza la elaboración de la lista de adjudicatarios, que incluirá memoria justificativa de las condiciones socioeconómicas de los mismos, urgencia y actuaciones urbanísticas y arquitectónicas que les afecten y que deberá ser expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante quince días en el transcurso de los cuales podrán realizarse las reclamaciones pertinentes.

Artículo 4. La propuesta de lista definitiva, una vez resueltas las reclamaciones por el Ayuntamiento en Pleno, se elevará a la Comisión Provincial de la vivienda en Jaén, quien procederá a su aprobación y a la adjudicación de las viviendas.

Artículo 5. Una vez aprobada la lista propuesta por el Ayuntamiento, la Comisión Provincial acordará su publicación durante un mes en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, pudiéndose durante dicho plazo formular reclamaciones contra la misma ante la indicada Comisión Provincial de la Vivienda.

Artículo 6. Las resoluciones de la Comisión Provincial de la Vivienda sobre adjudicación de los presentes grupos de viviendas serán recurribles en Alzada ante la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía.

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