Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 22/6/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de junio de 1990, por la que se concede autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente privado de Educación Permanente de Adultos Academia el Futuro de Granada.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Antonio Díaz Rubio, en su calidad de titular del Centro Docente Privado de Educación Permanente de Adultos "Academia el Futuro" con domicilio en Carretera de Jaén núm.

77 de Granada, en solicitud de autorización definitiva de un Centro de Educación Permanente de Adultos con 3 unidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6. y siguiente del Decreto 1855/74 de 7 de junio;

Resultando que el Centro Privado "Academia el Futuro" ha obtenido la autorización previa, a la que alude el Artículo 5. del Decret mencionado;

Resultando que en el expediente de autorización definitiva han recaído informes favorables del correspondiente servicio de Inspección y de la Unidad Técnica de Construcciones;

Vistos la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970, (BOE de 6 de agosto); el Decreto 1855/74 de 7 de junio (BOE de 10 de julio), sobre régimen jurídico de las autorizaciones de los Centros no estatales de enseñanzas; la Orden de 24 de abril de 1975 (BOE del 27 de agosto); la Orden de 22 de mayo de 1978 (BOE de 2 de junio) y demás disposiciones complementarias;

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Conceder la autorización definitiva para su apertura y funcionamiento al Centro Docente Privado de Educación Permanente de Adultos "Academia el Futuro", cuyo código es 18601540 y domiciliado en Granada, Carretera de Jaén nún. 77, con 3 unidades de Educación Permanente de Adultos para 85 puestos escolares.

Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1. de la Ley de prcedimiento Administrativo, recurso de Reposición previo al Contencioso- Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido por el artículo 52, 2. de la Ley de Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 5 de junio de 1990.

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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