Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 14/8/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 7 de agosto de 1990, por la que se autorizan tarifas de taxis de la ciudad de Jaén.

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De conformidad con lo establecido en el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 22 de enero de 1986 y de 27 de marzo de 1990,

DISPONGO:

Autorizar las tarifas de taxis de la ciudad de Jaén, que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Asociación Gremial Provincial de Auto-Taxi y Gran Turismo de Jaén.

TARIFAS AUTORIZADAS

CONCEPTO IVA INCLUIDO

A) Tarifa base:

Bajada de bandera 88 ptas.

Por cada Km. recorrido 46 ptas.

Por cada hora de parada 1.214 ptas.

B) Suplementos:

Por cada maleta o bulto más de 60 cms. 38 ptas.

Servicios días festivos

(Desde 00 hasta las 24 h.) 56 ptas.

Servicios nocturnos en días laborables:

(Desde las 22 a las 6 h.) 56 ptas.

C) Servicios especiales:

Salida de estación de ferrocarril 44 ptas. Servicios días 23 diciembre al 6 de enero 44 ptas. Servicios en Semana Santa 44 ptas.

Servicios nocturnos a salas de fiestas, bodas primeras comuniones y entierros. (Sobre lo marcado en taxímetro) 50%

Para la aplicación de estas tarifas se tendrá necesariamente en cuenta lo establecido en los artículos segundo y cuarto del Acuerdo de 22 de enero de 1986.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de agosto de 1990

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Economía y Hacienda

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