Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 24/8/1990

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 25 de julio de 1990, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la aprobación de tarifas máximas de aplicación de la estación de autobuses de Jaén.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Auto-Estaciones, S.A., concesionaria de la explotación de la Estación de Autobuses de Jaén ha solicitado revisión de tarifas a esta Dirección General de Transportes.

La última revisión tuvo lugar por Resolución de 20 de julio de 1989, (BOJA núm. 63 de 3 agosto de 1989).

De acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Régimen Interior para la Explotación de Estaciones de Autobuses de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Orden de 8 de abril de 1989 (BOJA núm. 43 de

15 de mayo), en cuanto no resulta derogado por la Ley 16/87 de 30 de julio sobre Ordenación de los Transportes Terrestres, esta Dirección General.

HA RESUELTO

1º. Aprobar el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Jaén, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen.

A. Entrada y salida de autobuses con viajeros ....................65 ptas. B. Alquiler de taquillas ...............................540 ptas./m2./mes. C. Entrada y salida de viajeros ...................................9 ptas. D. Servicio de facturación

Por cada kg. (sin incluir el precio del transporte) ..............11 ptas. Mínimo de percepción .............................................16 ptas. E. Depósito de equipajes en consigna

E. 1. Por bulto o maleta, el primer día o fracción ...............54 ptas. E. 2. Por cada día de demora .....................................22 ptas. F. Permanencia de autobuses en estación

F.1. De 8 a 22 horas (Ttes. regulares) ..........................110 ptas. F.2. De 22 a 8 horas (Ttes. regulares) ..........................245 ptas. F.3. Discrecionales nocturnos ...................................865 ptas.

2º. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

3º. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de Jaén entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 25 de julio de 1990.- El Director General, Manuel Ollero Marín.

Descargar PDF