Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 15/9/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 12 de septiembre de 1990, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de ayudas con cargo al fondo de acción social, ejercicio de 1990, destinadas a la Juntas de Personal existentes en la Administración de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actividades formativas, culturales o recreativas.

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Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1.990 establecen un Fondo de Acción Social para el personal funcionario y no laboral, al servicio de la Junta de Andalucía dotado, con la cantidad de 1.700 millones de pesetas.

A propuesta de la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos sobre incremento de retribuciones del personal al servicio de la JUnta de Andalucía para 1990, suscritos entre representantes de la Administración de la Junta de Andalucía, la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios y la Unión General de Trabajadores, en los que se contemplan la asignación y distribución de los fondos de Acción Social, esta Secretaria General para la Administración Pública ha resuelto:

PRIMERO.- Efectuar convocatoria para la concesión de ayudas, con cargo al Fondo de Acción Social de 1.990, para el desarrollo de actividades formativas, culturales o recreativas.

SEGUNDO.- 1. Se asigna a la presente modalidad de ayudas la cantidad de cincuenta millones de pesetas para el presente ejercicio económico de

1.990.

2. A propuesta de la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos sobre incremento de retribuciones para 1990, se podrá modificar la cuantía asignada a esta ayuda si, a la vista de las solicitudes presentadas, se comprueba la existencia de remanente. Dicho remanente engrosaría los fondos destinados al resto de las ayudas del personal funcionario y no laboral para el presente ejercicio.

TERCERO.- Podrán participar en esta convocatoria las Juntas de Personal constituídas en el ámbito de los organismos dependientes de la Junta de Andalucía, concretamente las especificadas en los puntos 3.1.1., 3.1.2,

3.3.1, 3.3.2, y 3.3.4 del artículo 7 de la Ley 9/1.987, de 12 de Junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

CUATRO.- Las ayudas tendrán como finalidad subvencionar el desarrollo de actividades formativas, culturales o recreativas organizadas por la Juntas de Personal con destino al personal funcionario y no laboral incluído en el ámbito de su representación. Los tipos de actividades a subvencionar son las siguientes:

- Recreativas y de tiempo libre.

- Deportivas.

- Musicales.

- Literarias.

- De fomento del teatro.

- De estudio e Investigación.

- De promoción socio-cultural.

Y cuanto tenga como objetivo la promoción y acercamiento del funcionario a las diversas manifestaciones del mundo artístico, cultural y del ocio.

QUINTO.- Cada Junta de Personal podrá solicitar subvención para uno o varios tipos de actividades. A tal efecto, elaborará un proyecto detallando:

- Objetivos de la actividad o actividades a realizar.

- Temporalización de las actividades.

- Presupuestos, diferenciando, en su caso, el específico de cada actividad.

SEXTO.- 1. La cantidad mínima de subvención a conceder a cada Junta de Personal se establece en un millón cuatrocientas mil pesetas.

2. Se destina la cantidad de diez millones de pesetas a repartir por la Comisión entre los proyectos de mayor interés, en función del carácter participativo de los mismos.

SE'PTIMO.- Las Juntas de Personal que se acojan a la presente convocatoria deberán presentar:

a) Solicitud dirigida a la Ilma. Sra. Secretaria General para la Administración Pública, suscrita por el Presidente de la Junta de Personal con representación en la misma, según modelo que se inserta como ANEXO I a esta Resolución.

b) Copia, certificada por el Secretario de la Junta de Personal, del acta de la sesión de dicho órgano en que se acuerde participar en la presente convocatoria y se apruebe el proyecto a presentar.

c) Proyecto de actividades a que se refiere el punto Quinto de la presente convocatoria.

OCTAVO.- La solicitud y documentación correspondiente deberán presentarse en la Consejería de Gobernación o Delegaciones de ésta en las distintas provincias, directamente o en la forma establecida en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

NOVENO.- Para la concesión de las subvenciones a los proyectos presentandos, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1.- Que los proyectos respondan a los fines señalados en el punto Cuarto de la presente convocatoria.

2.- El interés social y cultural del proyecto.

3.- El volumen del colectivo representado por cada Junta de Personal.

4.- Que sea de carácter participativo y abierto y que se beneficie el mayor número de personas.

5.- Adecuación de recursos y medios a los objetivos propuestos y claramente diferenciados.

DE'CIMO.- La presente convocatoria se resolverá, a propuesta de la Comisión de Seguimiento de los Acuerdos suscritos entre representantes de la Administración de la Junta de Andalucía, la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios y la Unión General de Trabajadores sobre incremento de retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía para 1.990, mediante Resolución de esta Secretaría General para la Administración Pública que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Se especificará en la misma la relación de Juntas de Personal beneficiarias de subvenciones, con indicación de las actividades subvencionadas y de los importes parciales y totales de la subvención concedida a cada una.

UNDE'CIMO.- Las Juntas de Personal quedarán obligadas a rendir cuenta justificativa de la aplicación de los fondos asignados, y a presentar una memoria de ejecución de las actividades subvencionadas.

Sevilla, 12 de septiembre de 1990.- La Secretaria General, Carmen Capitán Carmona.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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