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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 29 de enero de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso nº 3959/88, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallamos: "Que estimando el presente recurso interpuesto por el Letrado Sr. Sánchez Mena, en nombre y representación de D. Tomás Serrano Ríos contra Resolución del Viceconsejero de Gobernación de la Junta de Andalucía de 27 de octubre de 1988, por la que se desestima el recurso de reposición contra resolución de la citada Consejería de 17 de noviembre de 1987, denegatoria de autorización solicitada por el actor para compatibilizar puestos de trabajo, declaramos la nulidad de aquella resolución por contraria al Ordenamiento Jurídico y reconocer al recurrente el derecho a compatibilizar ambas actividades en los términos fijados en el penúltimo "Fundamento de Derecho".. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia".
Sevilla, 10 de septiembre de 1990.- La Secretaria, Carmen Capitán Carmona.
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