Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 30/1/1990

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 27 de diciembre de 1989, por la que se convocan premios de recursos y programas de Informática Educativa.

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I CONVOCATORIA DE RECURSOS Y PROGRAMAS DE INFORMATICA EDUCATIVA

PLAN ALHAMBRA

El Plan Alhambra responde al objetivo fundamental de aprovechar las posibilidades que pueden ofrecer el ordenador en el campo de la educación. En sus tres años de funcionamiento, el Plan Alhambra ha desarrollado un importe esfuerzo en Formación del Profesorado en Informática Experimentales desarrollados en los Centros, así como en la dotación de Centros con el material informático adecuado. En función de estas acciones, los profesores andaluces participantes en el Plan han diseñado importantes recursos para el usos del ordenador en la Educación. La optimización del rendimiento de este importante recurso, requiere disponer de un soporte lógico de calidad y de unas adecuadas guías para su uso en el aula. Para ello, los agentes educativos deben estar implicados directamente en los procesos de producción de materiales didácticos, fundamentalmente en los aspectos de diseño y metodológicos. Con tal finalidad se crean estas ayudas, buscando estimular las iniciativas de profesores y alumnos de la Comunidad Andaluza para la creación de materiales que faciliten y promuevan actividades didácticas de apoyo a la integración curricular de la informática.

Por ello, esta Consejería:

DISPONE:

Primero: Se convocan premios para ayudar a la creación de material de Informática Educativa en las Secciones que a continuación se indican: Sección I: Programas para la Enseñanza Asistida por Ordenador (E.A.O.). Sección II: Herramientas o módulos de desarrollo: Bibliotecas de procedimientos, escritos en lenguajes que favorezcan la programación modular, cuyo fin sea servir de base al profesor para desarrollar sus propios materiales didácticos.

Sección III: Material de apoyo, recursos y utilidades educativas desarrolladas usando un paquete de propósito general (Hojas de Cálculo, Gestores de Base de Datos, procesadores de texto, diseñadores gráficos etc..).

Segundo. Podrán presentarse a esta convocatoria profesores y alumnos que, actualmente, presten sus servicios o estén matriculados, respectivamente, en Centros Públicos o privados Concertados de Enseñanzas Básicas o Medias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tanto individualmente como en equipo.

En todos los trabajos figurará un director del mismo, que será, en cualquier caso, profesor.

Podrán figurar como asesores de los mismos funcionarios destinados en algún Departamento de Informática de los Centros de profesores.

Tercero. El material informático deberá presentarse en discos de 5 1/4 ó 3 1/2 preparados para su ejecución bajo el Sistema Operativo MS-DOS versión 3.2 o posterior. Dicho material deberá incluir su versión original y completa. Además los trabajos presentados a la Sección II deberán incluir los códigos fuente, instrucciones detalladas de compilación y un programa de demostración.

Cuarto. Los participantes presentarán necesariamente la siguiente documentación:

a) Datos administrativos y/o personales del autor o autores, así como de coordinación de DIN que hayan asesorado, en su caso, el trabajo. b) Centro docente en el que prestan sus servicios. c) Declaración en la que se exprese que el trabajo presentado es original.

d) Sección en la que participa de las relacionadas en el artículo 1 de esta orden.

e) Guión del trabajo realizado.

f) Especificación del nivel educativo y área o disciplina curricular a que va dirigido; exposición de los objetivos educativos que se pretenden. g) Instrucciones detalladas de uso con especificaciones concretas del equipo necesario: Memoria mínima, periféricos, tarjetas, etc. h) En el caso de alumnos, datos administrativos y/o personales del profesor que coordina el trabajo.

Todas las partes del trabajo se personalizarán con un título o con un seudónimo del autor o autores. Los datos identificativos de los mismos (apartados a, b y c) deberán entregarse en el interior de un sobre cerrado, en cuyo exterior sea visible el título del trabajo o seudónimo utilizado. En ninguna otra parte exterior o visible del material presentado deberá ser posible identificar a los autores.

Quinto. Para todas la secciones, se tendrán en cuenta como criterio para la sección:

1. La documentación e ilustración anexa que acompañe al programa y sobre todo las guías de uso para aplicación en el aula.

2. La ayuda que los trabajos presentados supongan para la integración curricular de la informática dentro de las distintas áreas de conocimiento.

3. Interactividad. El ordenador debe mostrarse conversacional y el usuario debe tener, en todo momento, control sobre el mismo. 4. Facilidad de utilización. Existencia de instrumentación claras y concisa y ayudas adecuadas.

5. Presentación estimulante. Calidad de los gráficos.

6. Carácter abierto del diseño, que permita realizar modificaciones sobre el mismo.

Además, en los trabajos correspondientes a la Sección I se valorará la existencia de una tecla de ayuda. En la Sección II, la claridad, concisión, efectividad, y generalidad del código fuente, así como la transportabilidad de las librerías.

Sexto. Los trabajos deberán presentarse, por duplicado, en el plazo de treinta días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el BOJA de la presente Orden, en el Registro General de la Consejería de Educación y Ciencia, sito en la Avda. República Argentina, 21, 3º planta;

41011 Sevilla o en las correspondientes Delegaciones Provinciales de esta Consejería.

El material presentado deberá ir en sobre cerrado y lacrado.

Séptimo. La Convocatoria será resulta por la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma o propuesta de la Comisión seleccionadora. Dicha Comisión, que estará presidida por el Jefe de Servicio de Renovación Pedagógica, estará compuesta por: El Jefe del Subprograma Alhambra.

Tres Coordinadores de Departamentos de Informática de los Centros de profesorado designados por la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma.

Dos funcionarios docentes expertos en diseño de programas de ordenador, designados por la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma, de los cuales uno será profesor de Universidad.

Un alumno de Enseñanzas Medias que participe en el Plan Alhambra. Un funcionario de la Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma con voz pero sin voto, que actuará como secretario.

Octava. La Consejería de Educación y Ciencia se reserva el derecho de difusión y utilización de los trabajos seleccionados en los Centros Educativos que ella dependen. Los trabajos no seleccionados podrán recogerse personalmente en las Delegaciones Provinciales hasta el 30 de junio de 1990.

Noveno. En cada una de las tres Secciones se podrán otorgar los siguientes premios:

Un primer premio, dotado de 300.000 ptas.

Un segundo premio, dotado de 200.000 ptas.

Un tercer premio, dotado de 100.000 ptas.

Dos accésits de 50.000 ptas.

La comisión puede proponer que se declaren desiertos uno o más premios, teniendo la opción, en ese caso, de acumular su cuantía a otros premios, incluso de otras Secciones, si la estima conveniente.

Décimo. La Dirección General de Renovación Pedagógica y Reforma, podrá dictar las instrucciones necesarias para el adecuado cumplimiento de esta Orden.

Undécimo. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 27 de diciembre de 1989

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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