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Vistas las propuestas y solicitudes presentadas en esta Delegación por aquellas entidades sin ánimo de lucro, que se relacionan en el Anexo I, y al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Empresas y Entidades sin ánimo de lucro cuya actividad está relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejeriá de Gobernación.
Considerando que los motivos expuestos en dicha solicitud, se adecuan a los objetivos establecidos en el referido Decreto 117/89, y contando con dotación presupuestaria.
Considerando que, por virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de 1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones concedidas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, y febrero, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1990 al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación de la correspondiente relación e beneficiarios,
HE RESUELTO
Conceder a las Entidades que en el Anexo I se relacionan, las cantidades señaladas en concepto de subvención para los fines expresados.
Córdoba, 5 de octubre de 1990.- El Delegado, Pedro Rodríguez Cantero.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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