Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 16/11/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 21 de octubre de 1991, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Alcalá del Valle (Cádiz) una subvención por importe de un millón de pesetas, al amparo de lo establecido en el Decreto que se cita.

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Vista la petición elevada por el Ayuntamiento de Alcalá del Valle, sobre subvención para el "Transporte Escolar" al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para Gastos que no comporten inversión recogidas en el artículo 1º. A) del citado Decreto.

Resultando que, estudiada la petición y fundamentada en que es un servicio local cuya prestación significa una iniciativa de especial interés, conforme a lo establecido en el artículo 1º. A), párrafo 2º. del Decreto 117/1989 de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria.

Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º. de la Orden de 2 de junio de 1989, Considerando que en virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de 1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Tablón de Anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo 1º. de la citada Orden de 2 de junio de 1989, me atribuye.

RESUELVO

1º. Conceder al Ayuntamiento de Alcalá del Valle la cantidad de 1.000.000 ptas. en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2º. Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3º. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4º. Requerir, en el plazo máximo de dos meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículos 38 y 40 de Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 21 de octubre de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

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