Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 9/4/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

ACUERDO de 20 de marzo de 1991, del Consejo de Gobierno por el que se autoriza al Ayuntamiento de Puerto Real para establecer el Impuesto Municipal sobre la Radicación.

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El Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 1990, acordó aprobar inicialmente la imposición del Impuesto Municipal sobre la Radicación, exponien'ndolo públicamente, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988.

El Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, determina en su artículo 318 que, cuando los Municipios menores de 100.000 habitantes deseen establecer el Impuesto Municipal sobre la Radicación, deberá autorizarse por el Gobierno de la Nación, o el de la Comunidad Autónoma a que pertenezca, si tuviese recogida en su Estatuto de Autonomía las competencias de tutela financiera de los Entes Locales. Efectivamente, el artículo 62 del Estatuto de Autonomiá para Andalucía recoge estas competencias.

A raíz de la publicación del Rexto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, se aprobó por el Consejo de Gobierno de esta Comunidad Autónoma el Decreto 91/1987, de 8 de abril, por el que se determina el procedimiento de aprobación para la imposición del repetido Impuesto en poblaciones inferiores a 100.000 habitantes.

Aunque la Ley 39/1988, de 28 de abril, en su Disposición Transitoria Tercera, establece que hasta el 1 de enero de 1991 continuarán exigiéndose, entre otros tributos, el Impuesto sobre Radicación, dicho plazo ha sido ampliado hasta el 1 de enero de 1992 por Real Decreto Ley

4/1990.

El Ayuntamiento de Puerto Real justifica la imposición del impuesto citado, en el quebranto económico que supone no poder exigir el Impuesto sobre Actividades Económicas hasta 1992, el cual se configura como pilar fundamental del sistema impositivo de este Municipio, y que viene a sustituir al Impuesto sobre la Radicación. A propuesta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Gobernación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de marzo de 1991,

ACUERDA:

Autorizar al Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), el establecimiento del Impuesto sobre la Radicación, de conformidad con la legalidad vigente.

Sevilla, 20 de marzo de 1991

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejero de la Presidencia

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