Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 12/4/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 23 de abril de 1990, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se concede una subvención de doscientas siete mil ciento setenta y ocho pesetas, al Ayuntamiento de Ubeda (Jaén), para sufragar gastos ocasionados por la instalación de teléfono público en la Estación-apeadero de Jódar.

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Visto el escrito que suscribe D. Juan José Pérez Padilla en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ubeda solicitando una subvención de doscientas siete mil ciento setenta y ocho pesetas para hacer frente a los gastos de Instalación de Teléfono Público en la Estación-Apeadero de Jódar, acompañando el presupuesto total de la misma que asciende a doscientas siete mil ciento setenta y ocho pesetas.

Considerando que la referida obra está incluida entre las descritas en el apartado B del Decreto 117/89 de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones locales y a aquellas Entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería.

En uso de los facultades que me confiere lo dispuesto en la Orden de

2 de junio de 1989 del Excmo. Sr. Consejero de Gobernación por la que se delega la facultad de conceder subvenciones a los Delegados de Gobernación.

RESUELVO:

Primero. Conceder al Ayuntamiento de Ubeda la cantidad de doscientas siete mil ciento y ocho, en concepto de Instalación de Teléfono Público en la Estación-Apeadero de Jódar, declarando la subvención específica por razón del objeto.

Segundo. El beneficiario de la subvención viene obligado de conformidad con lo dispuesto en los Artºs. 37, 38 y concordantes del Reglamento de Intervención de la Junta Andalucía aprobado por Decreto 149/88 (BOJA núm. 45 de 10 de junio de 1988), a remitir a esta Delegación en el momento de recepción de la transferencia de los fondos, certificación expedida por el Secretario Interventor de haber registrado en la contabilidad Municipal el ingreso de la de la subvención percibida con expresión del asiento contable practicado; y una vez realizado la obra o el suministro, en el plazo de un mes, desde la recepción de la misma, la correspondiete certificación final o facturas según proceda aprobadas por el órgano municipal competente y fiscalizadas por la Intervención Municipal.

Jaén, 23 de abril de 1990.- El Delegado, Juan Torres Morales.

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