Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 10/5/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 22 de marzo de 1991, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de interés cultural, a favor de la ampliación del Conjunto histórico de Ronda (Málaga).

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Vista la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico.

Esta Dirección General ha acordado:

1º. Tener por incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de la Ampliación del Conjunto Histórico de Ronda (Málaga), cuya descripción y delimitación figuran en el anexo de la presente disposición.

2º. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

3º. Hacer saber al Ayuntamiento de Ronda (Málaga) que, según lo dispuesto en los artículos 16 y 23 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, todas las obras que hayan de realizarse en el Conjunto cuya declaración se pretende, precisarán autorización previa de esta Dirección General.

4º. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y en el BOE.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Sevilla, 22 de marzo de 1991.- El Director General, José Guirao Cabrera.

ANEXO

DESCRIPCION DE LA AMPLIACION DEL CONJUNTO HISTORICO DE RONDA

Ronda - Descripción.

Ubicación geográfica:

Longitud: 1 28 39

Latitud: 36 44 13

Altitud: 714 m.

Pluviosidad anual: 650 mm.

Población: 25.000 habitantes.

Ronda se asienta en una meseta terciaria sobre un cerro calizo de gran belleza paisajística.

El enorme peñasco cortado a pico por el río Guadalevín-Tajo de 500 metros de longitud y 100 de profundidad le da muchísima originalidad a su emplazamiento el que, en principio facilitó la defensa de la ciudad y la puso en una situación estratégica para dominar los pasos y caminos hacia la baja Andalucía. Todo esto y la disponibilidad de tierras aptas para la agricultura le concedieron finalmente una importancia histórica notable. Ronda tiene su origen en la Arunda/Laurus romana que se constituiría a partir de asentamientos ibéricos existentes. Los visigodos le dieron continuidad hasta la llegada de los musulmanes quienes consolidaron su papel de cabecera comarcal no perdida hasta la fecha y su entidad urbana. Toda la cornisa del Tajo y el puente son la imagen por antonomasia de la ciudad, más todavía cuando son vistos desde la misma ciudad. El Tajo y la Avenida Virgen de la Paz son bordes interiores que separan y definen las áreas de interés dentro del conjunto con una imagen diferenciada: la ciudad, la zona baja del mercadillo y la zona alta del mismo.

La Avenida, actúa como borde y fachada de la ciudad en su conjunto que concentra la máxima actividad comercial y acceso. Estuvo dividida y aún conserva esta división en tres barrios: el de San Francisco, el más antiguo en donde estuvo enclavado al Alcázar; la ciudad, donde se encuentran los grandes edificios, conventos, iglesias y palacios, de calles muy pintorescas con arcos, columnas, artesonados y arabescos que revelan su origen y, por último, el del Mercadillo, el más moderno, fundado a raiz de la Reconquista, muy atractivo por su barroco caserio, deslumbrante de blancura y enriquecido por las rejerías de sus ventanas, productos de la artesanía local.

DELIMITACION DE LA AMPLIACION DEL CONJUNTO HISTORICO DE RONDA

El área afectada por la declaración contra BIC del Conjunto Histórico de Ronda, comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados incluidos dentro de la línea de delimitación que figura en el "Plano de Delimitación del Conjunto Histórico" de Ronda y que se describe a continuación.

La base cartográfica es la vigente de Hacienda procesada por FOYCAR en agosto de 1989 a escala 1: 1000.

Dicha delimitación comienza en el vértice nor-occidental de la actual construcción de la central eléctrica (plano, hoja 8-3) y su descripción será hecha en sentido antihorario:

Lado occidental de la construcción de la central eléctrica y su prolongación hasta la intersección con el eje del camino de Los Molinos (plano hojas 8-3 y 8-5).

Eje del camino de los Molinos en toda su longitud hasta su encuentro con la prolongación del lado norte de la parcela catastral 67788-01 (plano hoja 8-7).

Lado norte de la parcela 67788-01.

Traseras de las manzanas 67788 y 66776.

Lateral occidental de la parcela 66776-02 en dirección sureste, atravesando la calle Salvador, por las traseras de la manzana 67771 y su prolongación, atravesando la calle Amanecer hasta su encuentro con el lateral occidental de la manzana 67769.

Esta dirección sur, atravesando la calle sin nombre, por las traseras de la manzana 67761.

Lateral sur de la parcela 67761-18, en dirección oriente, atravesando la calle Empredrada hasta el lateral occidental de la manzana 67751.

Traseras de la manzana 67751 y sur de la parcela 67751-17 hasta su encuentro con la alíneación occidental de la calle Torrejones.

Alíneación occidental de la calle Torrejones (nueva) en dirección sur hasta la insercción con la prolongación del lado sur de la parcela

667339-01.

Lado sur de la parcela antedicha, atravesando la calle Torrejones (antigua). Lado sur de la parcela 67732-16 y su prolongación hasta su encuentro con el lado occidental de la parcela 67739-04. Lado occidental (alíneaciones a la calle Genalguacil) de las parcelas

67739-04; 03; 02.

Lado norte de la parcela 67732-02, atravesando la calle San Francisco por el lado sur de la parcela 67735-01.

Lado Este de la parcela antedicha (67735-01) hasta su encuentro con la alíneación sur de la calle Benarrabal.

Por la alíneación antedicha en dirección Oriente y Norte hasta su encuentro con el lado sur de la parcela 68759-14.

Lado sur de las parcelas 68759-13 y 14, atravesando la calle San Acacio hasta su encuentro con la prolongación de las traseras de las manzanas

68765 y 69771 hasta su encuentro con el eje del camino que se encuentra al norte de la actual gasolinera continuando hasta su encuentro con el eje del arroyo de las Culebras (planos hojas 8-7 y 8-8).

En dirección norte por el eje del Arroyo de las Culebras (plano hoja 8-6) y su continuación por la margen norte del río Guadalevín.

Eje del camino que se halla al norte de la depuradora de aguas residuales hasdta su encuentro con el eje del camino que bordea dicha depuradora por los lados Sur y Oriente.

En dirección norte por el eje de dicho camino sin nombre hasta su encuentro con la alíneación norte de la calle Tomilla.

En dirección Oeste por dihca alíneación hasta el lateral Oeste de la parcela 71855-06 (plano hoja 8-4).

Dicho lado y su continuación por el lateral Oriente de la parcela

71855-07 y su prolongación, atravesando la calle Felicidad, hasta el vértice oriental extremo de la parcela 71855-01.

Alíneación norte de esta parcela hasta su encuentro con la prolongación del lado Oriente de la parcela 71867-09.

Traseras de las parcelas de la manzana 71867 que dan hacia la calle Peñas:

09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y el lateral Oriente de la parcela

71867-19.

Dirección norte, atravesando una calle sin nombre, se continúa por el lado Nor-oriente de la parcela 71865-06 hasta las traseras de las siguientes parcelas de dicha manzana 71865-09 10 y 01 hasta encontrar la alíneación Oeste de la calle Amores.

En dirección Nor-Oeste, la alíneación de la calle Amores hasta encontrar la prolongación de las traseras de las parcelas que dan hacia la calle Pastor Divino o de la manzana 72872, hasta su encuentro con el eje de la calle Portichuelas.

En dirección Nor-Oeste, sigue por este eje hasta su encuentro con el eje de la calle Montes.

Eje de la calle Montes en dirección Nor-este, hasta su encuentro con la prolongación de las traseras de las parcelas 72898-11 y 13, traseras de dichas parcelas.

Una línea recta hasta el lateral Oriente de la parcela 72893-13 y su continuación en dirección norte por las traseras de las parcelas que dan hacia la calle Portichuelas de la manzana 72893 atravesando la calle Carrera Espinel hasta el lateral oriental de la parcela 72901-05.

Laterales Oriente y Norte de dicha parcela (plano hoja 8-2) Atravesando la calle Madereros hasta encontrar el vértice nororiental de la parcela

71908-07.

Traseras de las parcelas de la manzana 71908 que dan hacia la calle Carrera Espinel, esto es, desde la parcela 71908-07 hasta 12 (plano hoja

8-4) atravesando la calle Setenil hasta el vértice nororiental de la parcela 70895-15.

Lateral norte de dicha parcela.

Traseras de las parcelas que dan hacia las calles Carrera Espinel y Angel, esto es, 70895-16, 17, 19, 26, 27, 28, 29 y 30.

Atravesando la calle Almendra, laterales Este y Norte de la parcela

70906-20 (plano hoja 8-2).

Atravesando la calle Montereja, por las traseras de las parcelas que dan hacia la calle Almendra, esto es, desde la parcela 69899-02 hasta 17 (plano hoja 8-3) cruzando la calle Ramón y Cajal hasta las traseras de las parcelas 69891-05, 06, 07 y 08 que dan hacia la calle Almendra, continuando por el lateral Norte de la parcela 69891-10 y atravesando la calle Naranja en línea recta hasta el lateral norte de la parcela

68883-03.

Continúa por las traseras de las parcelas 68883-09 hasta 13 que dan hacia la calle Almendra y su continuación por los lados Oriente y Norte de la parcela 68883-20.

Atravesando la calle Sevilla, por los laterales Norte y Oeste de las parcelas 67889-02 y 04 sigue por los linderos interiores de las parcelas

67889, 10, 19 y 20. Atraviesa en la calle infantes hasta los laterales Este y Norte de la parcela 67891-11.

Atravesando la calle Molinos, por los linderos interiores de las parcelas

66885-08 hasta 17.

Atravesando la calle Pozo, hasta los laterales Oriente y Norte de la parcela 66899-16.

Atravesando la calle Fleming, continuando por la alíneación Oeste de la manzana 65898.

Hacia el Norte, atravesando la calle Poeta Rilve, la alíneación Oeste de la calle Dr. Fleming hasta encontrar la línera de coronación del Tajo de Ronda (plano hoja 8-1).

Hacia el norte, por dicha línea de coronación del Tajo, hasta su encuentro con la prolongación del eje de la calle Genal.

La Prolongación del eje de la calle Genal en 50 metros medidos sobre un plano horizontal.

Desde este punto, una línea recta hasta el punto de inicio de la presente delimitación. Esta línea incluye virtualmente al Tajo de Ronda en todo su integridad geográfica y paisajística.

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