Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 12/6/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 14 de mayo de 1991, de la Agencia de Medio Ambiente, por la la que se acuerda el ejercicio del derecho de retracto sobre la finca Barbacana y la Zarzuela, en el término municipal de Zufre (Huelva) .

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por la Dirección Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Huelva se insta de esta Presidencia se lleve a cabo el ejercicio del derecho de retracto sobre la compraventa de la finca "Barbacana y La Zarzuela", sita en el Término Municipal de Zufre (Huelva). Resultando que la citada finca se encuentra dentro de los límites del Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, declarado como tal por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por lo que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.

Resultando que, con fecha 4 de diciembre de 1990, D. Juan José Suárez Cobano vende a Dña. Micaela, D. Javier y Dña. María José de Solís y Martínez, la mencionada finca. Según escrito del Sr. Suárez Cobano, presentado en el Registro de Entrada de la Dirección Provincial de la Agencia de Medio Ambiente de Huelva, el día 18 del mismo mes y año, con núm. 6067.

Resultando que los valoes ecológicos de la misma, así como sus valores paisajísticos hacen recomendable la actuación protectora que le encomienda a la Agencia de Medio Ambiente la Ley 6/1984, de 12 de junio. Resultando que el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche es declarado como tal por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, y que en su artículo

24 faculta a la Junta de Andalucía a través de la Agencia de Medio Ambiente, para ejercer los derechos de tanteo y retracto de todas las transmisiones onerosas de bienes y derechos intervivos de los terrenos situados en el interior de los espacios declarados protegidos, en los términos previstos por la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Considerando que la Agencia de Medio Ambiente es competente para el ejercicio del derecho de retracto y por tanto para conocer y resolver este expediente, en virtud de las disposiciones citadas. Considerando que en el presente caso concurren todos los requisitos legales exigidosd y dado que es de indudable interés la adquisición de l la citada finca por este Organismo para un mejor cumplimiento de sus fines.

Vistos el Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de conservación de la Naturaleza; Ley 6/1984, de 12 de junio, por la que se crea la Agencia de Medio Ambiente; Ley 4/1989, de 27 de marzo; Ley

2/1989, de 18 de julio y demás disposiciones de pertinente aplicación.

HE RESUELTO

Ejercer el derecho de retracto sobre la finca "Barbacana y La Zarzuela" en el término municipal de Zufre (Huelva) y cuyos datos constan en la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, puede interponerse Recurso de alzada, en el plazo de quince días a partir del siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Cultura y Medio Ambiente.

Sevilla, 14 de mayo de 1991.- El Presidente, Fernando Martínez Salcedo.

Descargar PDF