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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 14 de noviembre de 1988, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contenciso-Administrativo núm. 3102/86 promovido por Banco Popular Español, SA sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Estimamos el recurso interpuesto por Banco Popular Español, SA y en su virtud anulamos, por ser conforme a derecho, la resolución de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía a que se ha hecho referencia, por la que se imponía a la recurrente la sanción de multa de 1.050.000 ptas, y ordenamos su devolución, en el caso de haber sido abonada.
Sevilla, 4 de junio de 1991.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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