Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 63 de 23/7/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 8 de julio de 1991, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Olvera una subvención de un millón de pesetas, al amparo de lo establecido en el Decreto que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Olvera, sobre subvención para la "Terminación Edificio de la Cruz Roja", al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones otorgadas al Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos de inversión recogidas en el artículo 1º. B) del citado Decreto.

Considerando que estudiada la petición y fundamentada en que es un servicio cuya finalidad está relacionada directamente en materia de Administración Local, transferidas por la Administración del Estado por el Real Decreto 3315/1983, de 20 de julio, conforme a lo establecido en el artículo 1º. B), párrafo 5º del Decreto 117/1989, de 31 de mayo. Considerando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Resultando que en virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de

1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención.

Y en uso de las facultades que el Artículo 1 de la citada orden de 2 de junio de 1989, me atribuye

RESUELVO

1) Conceder al Ayuntamiento de Olvera la cantidad de 1.000.000 ptas., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2) Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento

3) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4) Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículo 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 8 de julio de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

Descargar PDF