Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 3/9/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 24 de julio de 1991, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz), una subvención de trescientas mil pesetas, al amparo de lo establecido en el Decreto que se cita.

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Vista la petición elevada por el Ayuntamiento de Medina Sidonia, sobre subvención para "Adaptación Recinto Ferial", al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989, de 31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades territoriales, para gastos de inversión recogidas en el artículo 1º. B) del citado Decreto.

Considerando que, estudiada la petición y fundamentada en que es una obra municipal cuya prestación significa una iniciativa de especial interés, conforme a lo establecido en el artículo 1º. B), párrafo 2º. del Decreto

117/1989, de 31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria.

Considerando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Resultando que en virtud de lo establecido en la Orden de 2 de junio de

1989, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo establecido en el Decreto 117/1989 y, teniendo en cuenta el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el Artículo 1º. de la citada Orden de 2 de junio de 1989, me atribuye.

RESUELVO

1) Conceder al Ayuntamiento de Medina Sidonia la cantidad de 300.000 pts., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2) Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4) Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículo 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 24 de julio de 1991.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

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