Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 14/9/1991

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

CORRECCION de errores de la Orden de 16 de enero de 1991, por la que se establecen normas para el desarrollo de las campañas de saneamiento ganadero en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA núm. 6, de 25.1. 1991).

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A la vista de la alta incidencia de Tuberculosis y Paratuberculosis en ganado caprino, teniendo en cuenta las grandes repercusiones sanitarias y económicas ocasionadas por tales circunstancias, que a su vez se manifiestan fundamentalmente en zonas deprimidas, y en consonancia con los conciertos establecidos entre la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Montes y Asociaciones de Ganaderos, se hace necesario modificar la Orden de la Consejería de 16 de enero de 1991, por lo que en tal sentido se propone la modificación como corrección de errores, del artículo 1º. de la mencionada normativa, quedando establecido como sigue:

Artículo 1º. Las Campañas de Saneamiento Ganadero tendrán carácter obligatorio en todo el territorio de la Comunidad Autónoma, para las especies bovina, ovina y caprina, de cualquier raza o aptitud de acuerdo a los programas que se establezcan por la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Montes.

En el ganado vacuno se investigarán los animales reproductores superiores a seis semanas para la tuberculosis y doce meses para Brucelosis y Leucosis.

En el ganado ovino y caprino se investigarán los animales reproductores superiores a dieciocho meses para Brucelosis y Leucosis.

En el ganado ovino y caprino se investigarán los animales reproductores superiores a dieciocho meses para Brucelosis en caso de haber sido vacunados, si no lo hubieran sido, lo serán a partir de 6 meses de edad. Así mismo será objeto de saneamiento la Tuberculosis y Paratuberculosis en ganado caprino.

Sevilla, 3 de septiembre de 1991.

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