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En el recurso núm. 1142/1988 interpuesto por D. Jacinto Congregado Brillo, se ha dictado sentencia con fecha 11.6.90, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado D. Francisco Galech, en nombre de D. Jacinto Congregado Brillo, contra la resolución de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía que por silencio administrativo desestimó el potestativo recurso de reposición formulado por el recurrente contra la dictada por dicho órgano el día 11 de noviembre de 1987, en virtud de la cual se desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 16 de diciembre de 1985 del Director del Centro de Enseñanzas Integradas de Málaga por la que se comunicaba al recurrente su cese como Jefe de Conservación y Mantenimiento del Centro; y en consecuencia se confirman los actos administrativos impugnados por ser ajustados a Derecho".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 11 de septiembre de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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