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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada, en fecha 24 de diciembre de 1990, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 2039/1988, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
Fallo: "Se desestima el recurso interpuesto por D. Carlos Alameda Ureña, en nombre y representación de D. Luis Justo Roca Roca, contra la resolución de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de
9 de junio de 1987. Que declaró incompatible al actor, Médico Jefe de Servicios del Hospital Virgen de las Nieves de la Rassa de Granada, con la de Médico titular de la Mutualidad del Seguro Escolar, y contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición, de 22 de octubre de
1987, cuyas resoluciones están ajustadas a Derecho. Declarando inadmisible la pretensión de indemnización por privación de cargo formulada por el actor. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Luego que sea firme esta sentencia y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al centro de procedencia".
Sevilla, 4 de octubre de 1991.- El Director General, Juan P. Gómez Jiménez.
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