Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 8/11/1991

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA (ALMERIA)

ANUNCIO sobre provisión de plazas.

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DON MANUEL GUTIERREZ PEREZ. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA. PROVINCIA DE ALMERIA.

HACE SABER:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UN PUESTO DE TRABAJO DE TRABAJO DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACION GENERAL POR EL SISTEMA DE PROMOCION INTERNA.-

Realizada Oferta Pública de Empleo para 1.991, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de Julio de 1.991. publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 246 de fecha 14 de Octubre de 1.991, se acuerda proveer un puesto de trabajo de Administrativo de Administración General vacante en la plantilla de funcionarios de esta Ayuntamiento por el procedimiento de oposición por promoción interna con arreglo a las siguientes

BASES

1.- OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el sistema de oposición por promoción interna de un puesto de trabajo de Administrativo de administración General, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, con las siguientes características:

- Grupo: C

- Escala: Administración General

- Subescala: Administrativa

- Clave: Administrativa

La Plaza está dotada con los haberes correspondientes al Grupo C y demás retribuciones complementarias que la Corporación acuerde.

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, previo a la celebración de las pruebas selectivas., podrá ampliarse el número de plazas a cubrir con aquellas que pudieran resultar vacantes de las mismas características en la plantilla de funcionarios de esta Ayuntamiento.

2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, o Formación Profesional de segundo grado, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se publique la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) Pertenecer como funcionario de carrera del Grupo D, Subescala Auxiliar de Administración General, del Ayuntamiento de la Mojonera, en situación de servicio activo.

c) Contar con dos años de servicios en la subescala a que se refiere en el apartado anterior.

Los requisitos establecidos deberán cumplirse en día de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

3.- SOLICITUDES:

Los aspirantes que deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en instancia en la que manifiestan reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base 2ra. de la convocatoria. Asimismo, deberán comprometerse a prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1.979, de 5 de Abril. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de DIEZ DIAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 66 de la Ley de procedimiento Administrativo.

A la instancia deberá de acompañarse asimismo fotocopia debidamente compulsada del Documento Nacional de Identidad.

4.- ADMISION DE ASPIRANTES:

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, y que concediéndose un plazo de quince días para reclamaciones,a tener de lo establecido en el artículo 127 de la Ley de Procedimiento Administrativo, sin perjuicio de lo establecido en el articulo 71 de la misma Ley. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecho pública, asimismo en la forma indicada.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR:

El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

PRESIDENTE: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, o le sustituya, en su caso.

SECRETARIO: El de la Corporación o funcionario en quién delegue, o le sustituye en su caso, con voz y voto.

VOCALES:

- Un representante del Profesorado Oficial designado por el Instituto Nacional de la Administración Pública.

- Un representante designado por la Consejería de Gobernación de la junta de Andalucía.

- Un funcionario de carrera de la Corporación designado por la Alcaldía-Presidencia perteneciente al mismo grupo o superior al que se pretende cubrir.

El tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente.

En todo caso, será indispensable la asistencia del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

A los efectos de percepción por los miembros del Tribunal que se constituya de las correspondientes indemnizaciones, se clasifica a éste en la categoría cuarta, a tenor de los establecido en el Real Decreto

236/1.988 de 4 de Marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, revisadas por acuerdo del Consejo de Ministros de 1º. de Junio de 1.991.

6.- EJERCICIOS:

La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante el tiempo máximo de dos horas, un tema de entre tres propuestos por el Tribunal de los comprendidos en el Anexo I.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, Consistirá en desarrollar por escrito en un plazo que el Tribunal determine con un máximo de dos horas, de un supuesto práctico de entre tres que planteará el Tribunal, relativa a las áreas administrativas cuya realización corresponda a los funcionarios de la Subescala Administrativa.

Para el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán hacer uso de textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de que acuden provistos. Se valorará el planteamiento, conocimiento del aspirante, conclusiones y adecuada aplicación de la normativa legal.

7.- ORDEN DE ACTUACION, COMIENZO DE LOS EJERCICIOS Y ANUNCIOS:

El lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia, con una antelación mínima de 15 días naturales. No será obligatoria la publicación de los anuncios de los de los restantes ejercicios en el Boletín Oficial de la Provincia, sino que se harán públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamientos único, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

8.- DESARROLLO DE LA OPOSICION Y CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS:

La calificación de cada ejercicio se hará desde cero hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de los ejercicios.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la oposición.

9.- RELACION DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.-

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de los aprobados por orden de puntuación y elevarán, con el de la sesión, propuesta de nombramiento aquel aspirante que hubiese superado todos los ejercicios de la oposición.

La propuesta de nombramiento tendrá carácter vinculante y, en ningún caso podrá aprobarse ni declararse que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

10.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION.-

El aspirante propuesto, presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento de la Mojonera, los documentos que acrediten reunir los requisitos que se especifican en la Base 2ra. Tales documentos serán:

- Fotocopia debidamente compulsada del título de Bachiller Superior o Formación Profesional de Segundo Grado, o certificación acreditativo de estar en posesión del mismo.

- Certificación en la que conste que el aspirante seleccionado presta sus servicios en el Ayuntamiento de la Mojonera, como funcionario de Carrera, perteneciente al Grupo D, Subescala de Auxiliar de Administración General con al menos dos años de servicios contados a partir de la fecha de publicación de estas Bases en el BOP.

Quienes dentro del plazo de veinte días naturales, y a salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o no reúna los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir por falsedad en la instancia, solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

11. NOMBRAMIENTO:

Terminado el plazo de presentación de documentos, se precederá por la Alcaldía-Presidencia al nombramiento correspondiente como funcionario Administrativo de Administración General en propiedad; debiendo tomar posesión de su cargo el funcionario nombrado en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de notificación. Si no tomase posesión en el plazo dado, a salvo de los casos de fuerza mayor, decaerá en sus derechos con la pérdida del nombramiento conferido.

El funcionario nombrado, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 730/1.986 de 11 de Abril, quedará en situación de excedencia voluntaria como Auxiliar de Administración General de este Ayuntamiento de forma automática, una vez que se haya producido la toma de posesión.

12.- IMPUGNACIONES O INCIDENCIAS:

La convocatoria, sus bases y los actos administrativos que se deriven, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y casos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten durante el desarrollo de los ejercicios y para las resoluciones necesarias para el buen orden de la oposición y para resolver cuantos incidentes se presenten que no estén previstos en las presentes Bases.

El Alcalde-Presidente será el órgano facultado para resolver cuantos recursos se interpongan hasta la constitución del Tribunal y a partir de la finalización de la actuación de este.

13.- LEGISLACION SUPLETORIA:

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente que afecte a la del Personal al Servicio de la Administración Pública, aprobado por Real Decreto 2.223/1.984 de 19 de Diciembre y, Real Decreto 896/1.991 de 7 de Junio.

A N E X O I

PROGRAMA de la oposición para el ingreso en la Subescala Administración de la Escala de Administración General del Ayuntamiento de La Mojonera (Almería)

Parte primera: Derecho político y constitucional.

Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas de Estado.

Tema 2. La división de poderes. Relaciones entre los poderes del Estado.

Tema 3. La Constitución Española de 1.978. Principios Generales.

Tema 4. Derecho y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 5. La Corona. El Poder Legislativo.

Tema 6. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 7. El Poder Judicial.

Tema 8. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía; su significado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Parte segunda: Derecho administrativo.

Tema 9. La Administración pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

Tema 10. Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 11. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases.

tema 12. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes del Derecho administrativo.

Tema 13. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.

Tema 14. El acto administrativo. Concepto. Elementos.

Tema 15. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: Días y horas hábiles; cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 16. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

Tema 17. Los recursos administrativos. Clases. Recurso de alzada. Recursos de reposición. Reclamaciones económico-administrativas.

Tema 18. Los derechos reales administrativos. El dominio público. El Patrimonio privado de la Administración.

Parte tercera: Principios de derecho financiero.

Tema 19. El gasto público y sus clases. El control del gasto público. Idea general del gasto público en España.

Tema 20. Los ingresos públicos: Concepto y clases. El impuesto. Las tasas fiscales.

Tema 21. El Presupuesto. Doctrina clásica y concepciones modernas acerca del Presupuesto español.

Parte cuarta: Administración Local.

Tema 22. Régimen Local español: Principios constitucionales.

Tema 23. El Municipio. El Termino municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 24. Organización Municipal. Competencia.

Tema 25. Régimen general de las elecciones locales.

Tema 26. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 27. La función pública local y su organización.

Tema 28. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 29. Derechos económicos de los funcionarios.

Tema 30. Los bienes de las Entidades Locales.

Tema 31. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativo en la actividad privada. Procedimiento de otorgamiento de licencias.

Tema 32. El Servicio público en la esfera local. Consideración especial de la concesión.

Tema 33. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 34. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de la constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 35. Legislación sobre régimen del suelo y ordenación urbana: Sus principios inspiradores. Competencia urbanística municipal.

Tema 36. Instrumentos de planeamiento. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 37. Ejecución de los Planes de Ordenación. Sistema de actuación urbanística. La clasificación del suelo.

Tema 38. Haciendas locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

Tema 39. Régimen jurídico del gasto público local.

Tema 40. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

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