Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 8/11/1991

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA (ALMERIA)

ANUNCIO sobre provisión de plazas.

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DON MANUEL GUTIERREZ PEREZ. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA MOJONERA, PROVINCIA DE ALMERIA.

HACE SABER:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UN PUESTO DE TRABAJO DE SUBALTERNO DE ADMINISTRACION GENERAL, POR EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE.

Realizada Oferta Pública de Empleo para 1.991, por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 25 de Julio de 1.991, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 246 de fecha 114 de Octubre de 1.991, se acuerda proveer un puesto de trabajo de subalterno de Administración General. Vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento por el procedimiento de oposición libre con arreglo a las siguientes

BASES

1.- OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de un puesto de trabajo de subalterno de Administración General, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, con las siguientes características:

- Grupo:E

- Escala:Administración General

-Subescala: Subalterna

-Clases: Subalterno.

La Plaza está dotada con los haberes correspondientes al Grupo E y demás retribuciones complementarias que la Corporación acuerde.

2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad, y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Estar en posesión del permiso de conducción de las clases A-2 y B-1.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Los requisitos establecidos deberán cumplirse el día de publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.

3.- SOLICITUDES:

Los aspirantes que deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en instancia en la que manifiesten reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base 2ra. de la convocatoria. Asimismo, deberán comprometerse a prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1.979, de 5 de Abril.

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, y se presentaran en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de DIEZ DIAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

A la instancia deberá de acompañarse asimismo fotocopia debidamente compulsada del Documento Nacional de Identidad.

4.- ADMISION DE ASPIRANTES:

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y exclusivos, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, y que será expuesta en el Tablón de Anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de quince días para reclamaciones, a tenor de lo establecido en el artículo 71 de la misma Ley. Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, asimismo en la forma indicada.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR:

El Tribunal calificador estará constituido de la siguiente forma:

PRESIDENTE: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, o le sustituya, en su caso.

SECRETARIO: el de la Corporación o funcionario en quién delegue, o la sustituya en su caso, con voz y voto.

VOCALES:

- Un representante designado por el Instituto Nacional de la administración Pública.

- Un representante designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

- Un Funcionario de carrera de la Corporación designado por la Alcaldía-Presidencia perteneciente al mismo grupo o superior al que se pretende cubrir.

El tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de designarse.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de mas de la mitad de sus miembros, titulares o suplente indistintamente.

En todo caso, será indispensable la asistencia del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

A los efectos de percepción por los miembros del Tribunal que se constituya de las correspondientes indemnizaciones, se clasifica a éste en la categoría cuarta, a tenor de los establecido en el Real Decreto

236/1.988 de 4 de Marzo , sobre indemnizaciones por razón del servicio, revisadas por acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de Mayo de 1.989.

6.- EJERCICIOS:

La oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito durante un tiempo máximo de dos horas, un tema de entre tres propuestos por el Tribunal de los comprendidos en el Anexo I.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, que consistirá en resolver un un supuesto práctico que ponga de manifiesto el conocimiento que el aspirante tiene de la fisonomía del Municipio de la Mojonera, y en partículas de la distribución de sus vías públicas urbanas y de la red de caminos rurales existentes en su término municipal. El tiempo máximo para al realización de este ejercicio será de treinta minutos.

7.- ORDEN DE ACTUACION, COMIENZO DE LOS EJERCICIOS Y ANUNCIOS:

El lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios,se anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia, con una antelación mínima de 15 días naturales. No será obligatoria la publicación de los anuncios de los restantes ejercicios en el Boletín Oficial de la Provincia, sino que se harán públicos por el Tribunal en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamientos único, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

8.- DESARROLLO DE LA OPOSICION Y CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS:

La calificación de cada ejercicio se hará desde cero hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de los ejercicios.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la oposición

Las calificaciones de cada ejercicio, se harán públicas el mismo día en

que se acuerden, y será expuestas en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

9.- RELACION DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación y elevarán, con el acta d la sesión, propuesta de nombramiento a aquel aspirante que hubiese superado todos los ejercicios de la oposición.

La propuesta de nombramiento tendrá carácter vinculante y, en ningún caso podrá aprobarse ni declararse que han superado las pruebas selectiva un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

10.- PRESENTACION DE DOCUMENTACION

Los aspirantes propuesto presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento de la Mojonera, los documentos que acrediten reunir los requisitos que se especifican en la Base 2ra. Tales documentos serán:

- Certificación de nacimiento expedida por el Registro civil correspondiente.

- Fotocopia debidamente compulsada del certificado de escolaridad o equivalente, o certificación acreditativa de estar en posesión del mismo.

-Fotocopia compulsada del permiso de conducción de las clases A-2 y B-1/ Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el desempeño de las funciones. Este certificado deberá ser expedido por los servicios provinciales del ministerio de Trabajo y Seguridad Social u organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Quienes dentro del plazo de veinte días naturales, y a salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o no reunan los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

11.- NOMBRAMIENTO

Terminado el plazo de presentación de documentos, se procederá por la Alcaldía-Presidencia al nombramiento correspondiente como funcionario Subalterno de Administración General en propiedad, debiendo tomar posesión de su cargo el funcionario nombrado en el plazo de 15 días hábiles a partir de la fecha de notificación. Si no tomase posesión en el plazo dado, a salvo de los casos de fuerza mayor, decaerá en sus derecho con la pérdida del nombramiento conferido.

12.- IMPUGNACIONES E INCIDENCIAS:

La convocatoria, sus bases y los actos administrativos que se deriven, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y casos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten durante el desarrollo de los ejercicios y para las resoluciones necesarias para el buen orden de la oposición y para resolver cuantos incidentes se presenten que no estén previstos en las presentes Bases.

El Alcalde-Presidente será el órgano facultado para resolver cuantos recursos se interpongan hasta la constitución del Tribunal, y a partir de la finalización de la actuación de la actuación de éste.

13.- LEGISLACION SUPLETORIA:

En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente que afecte a la convocatoria, y en especial el Reglamento General de Ingreso del personal al Servicio de la administración Pública, aprobado por Real Decreto 2.223/1984 de 19 de Diciembre y RD. 896/1991 al 7 de Junio.

ANEXO I

PROGRAMA de la oposición para el ingreso en la Subescala Subalterna de la Escala de Administración General del Ayuntamiento de La Mojonera (Almería).

Tema 1.- La Constitución Española de 1978.

Principios Generales.

Tema 2.- Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. El Estatuto de autonomía de Andalucía.

Tema 3.- La Administración pública en el ordenamiento español. Administración del Estado. Administración Autónoma, Administración Local; Administración Institucional y Corporativa.

Tema 4.- El Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

Tema 5.- Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 6.- Organización municipal. Competencias.

Tema 7.- La función pública local y su organización.

Tema 8.- Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y Notificaciones.

Tema 9.- Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y Certificados de acuerdos.

Tema 10.- Los presupuestos locales.

La Mojonera, 18 de octubre de 1991.- El Alcalde, Manuel Gutiérrez Pérez.

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