Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 14 de febrero de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
2720/90, promovido por Petroquímica Española, S.A., sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Desestimamos la demanda formulada por Petroquímica Española, S.A., en relación con la resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, de 6 de abril de 1990, desestimatoria de la alzada, rec. 1907/89, frente a otra de la Delegación Provincial de Cádiz de la misma Consejería, dictada en expte.
768/89, por la que se impuso a la recurrente sanción de 500.000 pts. de multa por infracción del orden social, la cual confirmamos por resultar ajustada a derecho, sin imposición de costas.
Sevilla, 25 de septiembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
Descargar PDF