Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 6/2/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

ORDEN de 10 de enero de 1992, por la que se convocan becas para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Andalucía.

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El Decreto 249/1987, de 9 de diciembre por el que se desarrolla la Biblioteca de Andalucía, establece en el artículo 4º. que corresponde a ésta además de otras, la función de "Confeccionar y ser depositaria del Catálogo Colectivo de la Comunidad Autónoma sin perjuicio de su integración en Catálogos Colectivos del resto del Estado Español e internacionales, y cuyo carácter se adecue al ámbito cubierto por el Sistema Bibliotecario de Andalucía" la excepcional importancia que para esta Comunidad Autónoma tiene el conocimiento y control de su rico y extensísimo patrimonio bibliográfico, hace conveniente la convocatoria de becas mediante las cuales los investigadores y estudiosos de estos temas puedan colaborar en la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Andalucía.

Por todo ello, con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, visto el preceptivo informe de la secretaría General Técnica y de acuerdo con las leyes de Hacienda Pública y de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y en uso de las facultades que me están conferidas:

en consecuencia:

DISPONGO:

Artículo 1º. Se hace pública la convocatoria de becas para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Andalucía, correspondiente al año 1992.

Artículo 2º. Las becas se imputarán a la aplicación presupuestaria

2.20.01.484.09.35B de la Comunidad Autónoma y 2.20.18.484.35B del Ministerio de Cultura según Convenio entre la Comunidad Autónoma de la Junta de Andalucía y el Ministerio de Cultura, como se señala en el punto 1 del Anexo a la Orden de 9 de mayo de 1989, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Cultura por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma Andaluza y dicho Ministerio de Cultura para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico (BOE 12.6.1990).

Artículo 3º. La convocatoria quedará abierta hasta el 27 de febrero de

1992.

Artículo 4º. La dirección de los trabajos estará a cargo del Director de la Biblioteca de Andalucía.

Artículo 5º. Las resoluciones de concesión o denegación de las becas se delegan en el Director General de Fomento y Promoción Cultural en virtud de lo previsto en la Orden de 13 de septiembre de 1989 (BOJA 29 de septiembre de 1989).

Artículo 6º. La concesión de las becas se realizará con arreglo a las bases especificadas a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 10 de enero de 1992

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

BASES

Becas para la realización del Catálogo del Patrimonio Bibliográfico de Andalucía.

1. Participantes.

Podrán optar a esta convocatoria quienes estén en posesión del título de diplomado universitario.

2. Objeto.

Serán objeto de esta convocatoria la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de Andalucía. Ello conlleva el análisis y descripción bibliográfica de las obras ubicadas en bibliotecas de Andalucía, correspondientes a los períodos que se determinan.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se dirigirán al Director General de Fomento y Promoción Cultural y podrán ser presentadas en el Registro de dicha Dirección General, calle Ximénez de Enciso núm. 35-41004- Sevilla, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente, o mediante cualquiera de los cauces previstos en el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

3.2. Acompañando las solicitudes, según modelo adjunto, se aportarán los siguientes documentos:

a) Historial de los trabajos y actividades realizadas por el solicitante.

b) Fotocopia del DNI.

c) Fotocopia compulsada de los títulos académicos.

d) Declaración de otras becas, premios y ayudas.

e) Currículum vitae del solicitante.

4. Cuantía de las becas.

Se convocan diecinueve becas de un millón doscientas mil pesetas y dos más de un millón ochocientas mil pesetas para los responsables de las áreas.

5. Duración.

La duración será de un año desde su asignación.

6. Lugar de trabajo.

En esta fase, el trabajo se realizará en bibliotecas de Granada y Jaén, sin perjuicio de hacerlo extensivo en un momento posterior a las demás bibliotecas de Andalucía.

7. Selección y concesión.

7.1. El estudio y selección de las solicitudes presentadas se realizará mediante un jurado compuesto por:

Presidente: El Director General de Fomento y Promoción Cultural. Vocales:

El Director de la Biblioteca de Andalucía.

El Jefe del Servicio del Libro y Bibliotecas.

Un representante de Bibliotecas Universitarias.

Un representante de Bibliotecas Públicas.

Se valorarán especialmente los estudios y experiencias en materia bibliotecaria, así como el estar en posesión del Título del Licenciado. Dentro de las materias bibliotecarias o afines tendrán carácter de mérito preferente las realizadas en el campo de la catalogación de fondos antiguos; asimismo, se valorarán los conocimientos de latín. Los solicitantes aceptados en la preselección según su currículum, se someterán a una prueba de catalogación.

7.2. El Director General resolverá la concesión de las becas de entre las solicitudes presentadas.

8. Comunicación y aceptación.

La resolución recaída debidamente motivada, será comunicada a los interesados, con indicación del importe aprobado, en su caso, si bien éste quedará supeditado a la aceptación definitiva mediante escrito del solicitante que deberá remitir a esta Dirección General en el plazo de diez días. En otro caso se entenderá hecha la renuncia.

9. Publicación.

Una vez agotada la convocatoria, la relación de todos los beneficiarios se publicará en el BOJA y en los tablones de anuncios de esta Consejería así como en las Delegaciones Provinciales.

10. Pago.

El pago de las becas se realizará en tres veces iniciándose la tramitación del primer pago del 25% a partir del momento en que los beneficiarios comuniquen por escrito a la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural la aceptación de los mismos, un segundo pago de 60% en un plazo máximo de cuatro meses desde el inicio del trabajo, y el 15% restante al finalizar el trabajo.

Estos dos últimos pagos se realizarán una vez se haya emitido informe del Sr. Director de la Biblioteca de Andalucía, y de conformidad con los trabajos realizados.

11. Obligaciones.

11.1. Desarrollar la labor catalográfica que les sea encomendada, entregando el resultado de su trabajo en el formato que les sea indicado. En caso de incumplimiento de estas bases se podrá exigir la devolución de la beca, en parte o en su totalidad así como la negación de otras posteriores.

11.2. La Consejería de Cultura y MA se reserva el derecho de editar el material recogido, total o parcialmente, si así lo estima oportuno, conforme a lo previsto en el art. 8 de la Ley de Propiedad Intelectual

22/1987 de 11 de noviembre.

11.3 En el transcurso de la realización del trabajo, los beneficiarios contarán con asesoramiento de este Centro en cuanto a formato unificado de las fichas, líneas documentales de especial interés, así como cuantas sugerencias permitan una mayor utilidad posterior de los mismos, y un deseable nivel de calidad.

12. Carácter de las becas.

La concesión de estas becas no supone ningún tipo de vinculación laboral entre el beneficiario y la Junta de Andalucía, y es incompatible con cualquier otra beca.

MODELO DE INSTANCIA

Don ....................................................DNI............... Domicilio....................... núm.......................pº............ Localidad........................Provincia................................ DP. ........................Teléfono..................................... Entidad Bancaria......................................Localidad........... Agencia c/...................... Nº c/c o Libreta ........................

EXPONE:

Que según lo dispuesto en la Orden de por la que se convocan Becas para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico

SOLICITA:

Le sea concedida una Beca, para lo cual acompaña los siguientes documentos originales:

Fotocopia compulsada del DNI y Currículum Vitae acreditado. Justificante del pago de obligaciones tributarias de la unidad familiar en la que esté integrado o, su defecto, declaración expresa de su exención.

Fotocopia compulsada de las titulaciones que se aleguen.

......................, a ............ de ...................de 1992

Fdo.:

Ilmo. Sr. Director General de Fomento y Promoción Cultural. Consejería de Cultura y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

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