Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 21/11/1992

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Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 20 de agosto de 1992, de la Delegación Provincial de Granada, autorizando el establecimiento de la instalación eléctrica que se cita. (PP.1681/92).

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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios en los Capítulos III, del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/1966, Ley

10/1966, Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión de 28.11.1968, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la Industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado 9 del artículo 2. del RD. 1091/1981, de 24 de abril (BOE de 11.6.1981), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de

3.8.1981 (BOE de 2.13.1981), sobre distribución de tales competencias. Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:

Peticionario: Cía Sevillana de Electricidad, SA Domicilio: 18.009 Granada, Escudo del Carmen, 31

LINEA ELECTRICA

Origen: CT. Venta Zurita

Final: CT. Maderas Ayas

Términos municipales afectados: Granada

Tipo: Subterránea

Longitud de Km.: 0,550

Tensión de servicio: 20 Kv.

Conductores: Al de 3(1 x 150)mm2 aislamiento 12/20 kv. Potencia a transportar: 1.890 kva.

Procedencia de los materiales: Nacionales Presupuesto: 6.103.800

Finalidad: Mejorar el suministro eléctrico de la zona Referencia: 5117/AT

Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

Granada, 20 de agosto de 1992.- El Delegado, PD el jefe del Servicio, Rufino de la Rosa Rojas.

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