Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 10/1/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 3 de diciembre de 1991, por la que se convocan becas para la realización de prácticas de alumnos universitarios en el Pabellón de la Santa Sede en la Exposición Universal de Sevilla EXPO'92.

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La Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía viene realizando desde 1987 diversas convocatorias para la realización de prácticas por alumnos universitarios con el fin de completar la formación académica que reciben en las Universidades andaluzas y facilitar su inserción en el mundo laboral. La celebración de la Exposición Universal de Sevilla EXPO'92 es una oportunidad única que se brinda a los estudiantes universitarios andaluces para entrar en contacto con la realidad de países de todos los continentes y con la oferta cultural, científica y tecnológica que realizarán los distintos pabellones de la muestra. El Pabellón de la Santa Sede que, en la EXPO'92 ofrecerá una importante muestra sobre diversas áreas históricas y artísticas, ha suscrito, con la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, un Convenio para facilitar la realización de prácticas en el mismo.

En consecuencia con lo anteriormente señalado, esta Consejería de Educación y ciencia ha dispuesto:

Convocar Becas para la realización de Prácticas en el Pabellón de la Santa Sede tiene instalada en la Isla de la Cartuja, de acuerdo con el Anexo II.

Sevilla, 3 de diciembre de 1991

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

Normas de la convocatoria de becas para la realización de prácticas en el Pabellón de la Santa Sede.

1. Objetivos.

1.1. Las becas van destinadas a los alumnos universitarios que cursando estudios en alguna de las Universidades de Andalucía, deseen realizar prácticas en el Pabellón de la Santa Sede y dentro de lo previsto en el Anexo II.

1.2. Quedan excluidos de esta convocatoria los alumnos que hayan alcanzado la titulación académica de Diplomados, Ingenieros Técnicos, Arquitectos Técnicos, Licenciados, Ingenieros o Arquitectos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Dotación de las becas

La beca comprende:

a) Una dotación mensual de 40.000 pesetas.

b) Un seguro combinado de accidente individual, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.

3. Duración de las becas.

Las becas tendrán la duración que figura en el Anexo II.

4. Carácter de las becas.

4.1 El becario no tendrá, en ningún caso, vinculación o relación laboral con el Pabellón en el que realice las prácticas, cuya duración y contenido, figuran en el Convenio suscrito entre el Pabellón y la Junta de Andalucía.

4.2. La realización de las prácticas por el becario en el Pabellón no supondrá nunca la cobertura de un puesto en plantilla, salvo que se formalice un contrato de trabajo, dentro de alguna de las modalidades legalmente establecidas, previa renuncia de la beca por parte del becario o una vez finalizado el período de la misma.

4.3. El Pabellón, durante el período de realización de las prácticas por parte del becario, observará las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas en la vigente legislación laboral.

4.4. El Pabellón designará al Director de las Prácticas que deberá estar en posesión del Título de Diplomado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

4.5. Al objeto de facilitar a la Inspección de Trabajo el conocimiento de estas situaciones, deberá comunicarse por la Dirección General de Universidades e Investigación a las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía:

a) La denominación del Pabellón.

b) Los nombres de los becarios, y

c) Las fechas de inicio y finalización de las prácticas.

4.6. El Pabellón comunicará puntualmente aquellas incidencias que considere de interés a la Dirección General de Universidades e Investigación.

4.7. Si el becario, renuncia a la beca, deberá comunicar esta circunstancia a la Dirección General de Universidades e Investigación.

5.1. El disfrute de la beca comienza con la incorporación del becario al Pabellón para el que haya sido seleccionado, en virtud de la Resolución dictada al efecto y concluye una vez transcurrido el plazo establecido en la presente Orden.

5.2. El abono de la beca se hará efectivo mensualmente al becario por la Universidad de Sevilla, previo informe del Pabellón y siempre que el becario haya realizado el cómputo total de horas de prácticas correspondientes al período mensual.

5.3. El becario está obligado a desarrollar eficazmente el plan de formación previsto en el Anexo II. Dicho plan de formación se llevará a cabo de conformidad con el director de trabajo y dentro del horario que se establezca en la Exposición Universal y no podrá ser inferior a 15 horas ni exceder de 25 horas semanales.

5.4. Una vez concluido el período de la beca remitida por el becario a la Dirección General de Universidades e Investigación una Memoria del trabajo desarrollado en la empresa, se le expedirá un Certificado acreditativo de la realización de dichas prácticas.

6. Solicitudes.

6.1 Las solicitudes se formalizarán en los impresos normalizados cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en los Rectorados de las Universidades de Andalucía, Centro de Orientación e Información de Empleo (COIE), de dichas Universidades, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y en el Pabellón que figura en el artículo primero de la Orden.

6.2. Las solicitudes, dirigidas al Director General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, se presentarán o enviarán a los Rectorados de las Universidades o al Registro Central de la Consejería de Educación y Ciencia, sita en Avenida de la República Argentina nº 21 b. 3. planta. CP. 41011 de Sevilla.

6.3. Dichas solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificación Académica Personal.

c) currículum.

7. Selección y valoración de las solicitudes.

7.1. Los becarios serán seleccionados por una Comisión de Selección que se constituirá al efecto y que estará formada por dos representantes de la Consejería de Educación y Ciencia y dos representantes del Pabellón de la Santa Sede.

7.2. Dicha Comisión tendrá en cuenta, para la valorización de las solicitudes, el expediente académico del solicitante y la Adecuación del currículum a las prácticas a realizar en la empresa.

8. Plazo de presentación de solicitudes.

El Plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de enero de 1992.

ANEXO II

Pabellón. Pabellón de la Santa Sede.

Ubicación. Isla de la Cartuja. Sevilla.

Duración: Seis meses (Comprendidos entre el mes de abril y el de octubre de 1992).

Requisitos: Estudiantes universitarios, preferentemente de segundo ciclo, de la Facultad de Geografía e Historia (Sección de Historia de América, Historia del Arte, Historia), Facultad de Filología, Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación y Facultad de Bellas Artes.

Se valorará como mérito el dominio de un segundo idioma. Líneas de trabajo: Guías para grupos de visitantes por nacionalidades que darán a conocer y mostrar el contenido histórico/ artístico de la muestra expuesta en el Pabellón.

Los becarios seleccionados han de participar, antes del inicio de las prácticas, en un curso de formación específico, organizado por el Pabellón de la Santa Sede, sobre el contenido histórico/artístico de la muestra, relaciones humanas: expresión en público y operaciones de la EXPO'92, con una duración máxima de 50 horas.

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