Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 20/3/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ACUERDO de 18 de febrero de 1992, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de Inspección para 1992.

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El artículo tercero del Decreto 77/1987, de 25 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 32, de 10 de abril de

1987), determina que el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Gobernación previa consulta a las diferentes Consejerías, aprobará cada año el Plan General de Inspección correspondiente, donde deberán figurar las áreas y procedimientos concretos a inspeccionar.

La progresiva consolidación y profesionalización de la Administración de la Junta de Andalucía y la consecuente tendencia a la especialización de sus órganos de gestión, hace aconsejable incidir sobre aspectos que la experiencia ha puesto de manifiesto que precisan de una permanente actuación inspectora, en aras a la consecución de una administración, además, más racionalizada y eficaz, objetivo de los diversos planes y medidas adoptadas hasta la fecha para modernizarla, entre las que destacamos la desconcentración cada vez más significativa de competencias en órganos periféricos que permite una mayor inmediatez del ciudadano con los órganos de decisión. Así, si durante 1991 se analizaron las unidades de gestión de personal, durante 1992 se extenderá la actuación a otras unidades, que se determinarán en fase de ejecución del presente Plan General de Inspección.

La actuación inspectora y de control se realizará por la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, a través de un programa concreto de actuaciones que implique el cumplimiento de los objetivos del Plan que se aprueba. En consecuencia, a propuesta del Consejero de Gobernación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de febrero de

1992.

A C U E R D A

Primero: Aprobar el Plan General de Inspección para 1992 que figura como Anexo I a este Acuerdo.

Segundo: Autorizar al Consejero de Gobernación para que adopte las medidas necesarias para la ejecución de los programas concretos para el cumplimiento de los objetivos previstos.

Sevilla, 18 de febrero de 1992

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

ANEXO I

PLAN GENERAL DE INSPECCION PARA 1992

1. Area de Personal

La actuación inspectora, en el área de personal, se centrará en el análisis de unidades concretas con el fin de determinar la adecuación de medios a las cargas reales de trabajo y en el estudio de las causas de absentismo durante el año 1991.

1.1. Análisis de cargas reales de trabajo en unidades concretas.

Actuación

Análisis funcional de unidades concretas que permita valorar la adecuación de los medios personales y materiales a ellas adscritas, en sus aspectos cuantitativos y cualitativos, atendiendo a las necesidades reales de los cometidos que tengan encomendados, relacionados con los teóricos diseñados en la RPT.

Objeto

Conseguir una mejor adecuación a los medios personales y/o materiales de las unidades concretas que se analicen, proponiendo las medidas correctoras oportunas a las desviaciones que se aprecien.

Detección de recursos ociosos.

1.2. Control del absentismo

Actuación

Análisis de las causas de absentismo durante el año 1991, determinando las más significativas y su incidencia en el normal funcionamiento de unidades concretas.

Objeto

Conseguir un acercamiento a las causas reales de absentismo, proponiendo medidas que permitan prever los índices de absentismo en períodos determinados e introducir medidas correctoras de las desviaciones que se aprecien.

2. Area de procedimientos

Se centrará la actuación inspectora en el estudio y análisis de la gestión de actividades de carácter general en orden a su adecuada materialización de acuerdo con la normativa vigente, proponiendo la revisión de los procedimientos que se estimen

inadecuados en razón a los fines que los informan.

2.1. Gestión de tasas, precios públicos y demás ingresos previstos en la ley de Tasas y precios públicos.

Actuación

Comprobar la gestión de las liquidaciones y cobros de tasas, precios públicos y otros ingresos en unidades concretas durante

1991.

Objeto

Determinar el grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de gestión y cobro, control, información a las Delegaciones de Economía y Hacienda, utilización de impresos oficiales, certificaciones de descubierto, procedimiento de apremio... etc.

2.2. Sanciones administrativas: su ejecución y control

Actuación

Comprobar las sanciones administrativas impuestas durante el primer semestre de 1991, cuántas han sido impugnadas y en qué situación se encuentran; cuántas han sido declaradas firmes y qué trámite se les ha dado, determinando las ejecutadas en período voluntario, las incluidas en declaraciones de descubierto y el procedimiento de cobro en vía ejecutiva y su eficacia.

Objeto

Determinar el grado de cumplimiento de las resoluciones administrativas que impliquen sanción.

Determinar la adecuación de los procedimientos establecidos para la ejecución de este tipo de resoluciones administrativas. Determinar el conocimiento de los órganos que dictan la resolución de su ejecución.

3. Ambito de actuación

El presente Plan General de Inspección se realizará en las unidades administrativas afectadas por cualquiera de las áreas determinadas en este Acuerdo.

A los efectos del apartado 1.1, se dará preferencia al análisis de aquellas unidades que se prevea pueden ser objeto de modificación de sus estructuras durante 1992.

Sevilla, 18 de febrero de 1992

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