Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 8/5/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Parlamento de Andalucía

RESOLUCION de 22 de abril de 1992, de la Mesa de la Cámara, por la que se convoca oposición para la provisión de tres plazas vacantes del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Diplomados, Especialidad: Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo.

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La Mesa del Parlamento de Andalucía, con sesión celebrada el día 22 de abril de 1992, ha acordado convocar Oposición para la provincia de 3 plazas vacantes del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, escala de Técnicos Diplomados, especialidad:

Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo.

Así mismo aprueba las bases de la convocatoria, las cuales regularán la presente posición y que son las siguientes;

BASES DE LA CONVOCATORIA

1.- NORMAS GENERALES

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía. Escala de Técnico Diplomados, Especialidad:

Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo al servicio del Parlamento de Andalucía, de acuerdo a la siguiente distribución:

a) 1 plaza de promoción interna, de acuerdo con lo previsto en el art. 49 del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior del Parlamento de Andalucía.

b) 2 plazas de turno libre.

1.2.- En el supuesto de que la vacante reservada a la promoción interna quedara sin cubrir, se acumulará al turno libre.

1.3.- El nombramiento en el marco del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior, conferirá a los seleccionados, a todos los efectos, el carácter de funcionarios de carrera del Parlamento de Andalucía desde la fecha de la toma de posesión.

1.4.- La selección de aspirantes se realizará a través del sistema de oposición y se regirá por las normas que se establecen en la presente convocatoria.

2.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

2.1.- Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, FP, 3º. Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No habré sido separado, mediante disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

2.2.- Los aspirantes que concurran a la plaza reservada a promoción interna habrán de pertenecer al Cuerpo de Oficiales del Parlamento de Andalucía, con una antigüedad mínima de dos años, encontrarse en servicio activo y poseer la titulación exigida en el apartado 2.1.c) de las presentes bases.

2.3.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.- SOLICITUDES

3.1.- Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo modelo queda señalado como Anexo II, y que será facilitado, en todo caso, gratuitamente por los Servicios Generales,indicando el Cuerpo al que aspiran, modalidad de acceso (libre o promoción o promoción interna), nombre y apellidos del aspirante, DNI, fecha de nacimiento, domicilio, titulación que le acredita para tomar parte en las citadas pruebas selectivas y centro de expedición de las misma, y declaración de reunir los requisitos exigidos en la Base Segunda, así como cualquier otro requisito exigido por la presente convocatoria.

3.2.- Unicamente los aspirantes que concurran a la plaza reservada a promoción interna habrán de especificar los servicios efectivos prestados en la Administración del Parlamento de Andalucía, de acuerdo con la Base 2.2. de esta convocatoria.

3.3.- Las instancias se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente del Parlamento de Andalucía y se presentarán en el Registro General del Parlamento o en la forma establecida en los aptdos. 3 y 4 del art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

3.4.- Acompañando al modelo de instancia se adjuntará fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.5.- El Plazo de presentación de instancias, será de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.- ADMISION DE CANDIDATOS

4.1.- Terminado el plazo de presentación de instancias, la Mesa del Parlamento aprobará la listas de aspirantes admitidos y excluidos a la realización de las pruebas selectivas, las cuales se harán públicas en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía, en las que constarán: nombre y apellidos de los candidatos, número de DNI., así como las causas de su no admisión en la relación de excluidos.

4.2.- Los errores de hecho podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.3.- Los interesados podrán interponer la correspondiente reclamación, ante la Mesa del Parlamento de Andalucía, contra la lista provisional de aspirantes admitidos y Excluidos, en el plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de su publicación.

4.4.- Las reclamaciones contra la lista provisional serán estimadas o desestimadas por acuerdo de la Mesa, que se publicará en el tablón de anuncios del parlamento de Andalucía, aprobando la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a la realización de las pruebas selectivas.

5.- TRIBUNAL CALIFICADOR

5.1.- La Mesa del Parlamento de Andalucía designará a los miembros titulares y suplentes del Tribunal Calificador y lo publicará en el BOJA.

5.2.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 41 del Estatuto de Gobierno y Régimen Interior de la Cámara, el Tribunal Calificador habrá de estar formado por:

Presidente: El Letrado Mayor del Parlamento de Andalucía.

Vocales: Un Letrado del Parlamento de Andalucía.

Dos funcionarios del Parlamento de Andalucía, de igual o superior categoría a las plazas objeto de la convocatoria.

Un especialista en la materia.

5.3.- En caso de empate en los acuerdos que deba adoptar el Tribunal Calificador, el Presidente tendrá voto de calidad.

5.4.- El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

5.5.- Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa del Parlamento de Andalucía, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el art. 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Así mismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal Calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo mencionado.

5.6.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Andalucía.

5.7.- Las dudas o reclamaciones que puedan originar con la interpelación y aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal Calificador, sin apelación alguna.

5.8.- El Tribunal Calificador podrá recabar asesoramiento de personas con especial conocimiento en las materias que sean objeto de cada ejercicio.

5.9.- Las Centrales Sindicales que forman parte de la Mesa de Negociación del Parlamento de Andalucía designarán un representante a los efectos previstos en la Disposición Transitoria Quinta, 2 de la Ley

6/1985, de 28 de Noviembre.

6.- DESARROLLO

6.1.- La oposición constará de los siguientes ejercicios de carácter eliminatorio:

Primero.- Consistirá en responder a un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una correcta, referido al temario que se incluye como Anexo I de la convocatoria.

Segundo.- Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo máximo de 4 horas, de tres temas extraídos al azar de entre el programa de materias del Anexo I, que serán leídos posteriormente por el candidato en sesión pública. A estos efectos se extraerán dos temas de la parte específica, eligiendo el opositor dos. Transcurridos cinco minutos desde el inicio de la exposición el Tribunal podrá requerir al opositor que desista de continuar cuando considere que no alcanza el nivel suficiente.

Tercero.- Consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que se aspira y relacionado con el programa de materias.

6.2.- Valoración de los ejercicios.

6.2.1.- Primer ejercicio: se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario para poder realizar el segundo ejercicio, haber obtenido al menos 5 puntos.

6.2.2.- Segundo ejercicio: se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario para poder realizar el tercer ejercicio, haber obtenido al menos

5 puntos.

6.2.3.- Tercer ejercicio: se valorará de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación haber obtenido al menos 5 puntos.

6.2.4.- Calificación final: vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.

6.2.5.- En caso de empate entre dos o más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el caso práctico: si subsistiera el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor edad del aspirante.

6.3.- La fecha de realización de los ejercicios será publicad en el tablón de anuncios del Parlamento de Andalucía, al menos con siete días naturales de antelación.

6.4.- Los opositores serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.5.- En cualquier momento el Tribunal Calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

7.- RELACION DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL CALIFICADOR

7.1.- Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios, de acuerdo con los dispuesto en la base 6.2.

7.2.- La lista de aprobados no podrá superar, en ningún caso, el número de plazas convocadas, siendo nulo de pleno derecho cualquier acuerdo del Tribunal que contravenga este límite.

El Tribunal Calificador hará público, los aspirantes aprobados que se proponen a la Mesa para su nombramiento como funcionarios del Cuerpo Técnico del Parlamento de Andalucía, Escala de Técnicos Diplomados, Especialidad: Ayudantes de Biblioteca, Documentación y Archivo.

8.- PRESENTACION DE DOCUMENTOS

8.1.- En el plazo de 15 días naturales, a contar desde la publicación de la lista de aspirantes que obtienen plaza, éstos deberán presentar en el Registro General de la Cámara los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI..

b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que le imposibilite para el servicio.

c) Fotocopia compulsada del título de académico oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo.

d) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones.

e) Los aspirante que tengan la condición de minusválidos deberán presentar certificación de los órganos oficiales competentes que acrediten tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas que corresponden a las plazas objeto de esta convocatoria.

8.2.- Ante la imposibilidad de presentar los documentos expresados en el párrafo anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

8.3.- Los que tuvieren la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar, documentalmente, las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener nombramiento, debiendo presentar certificación del Organismo del que dependiera para acreditar su condición y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios.

En el caso de los opositores de promoción interna, dicha certificación deberá contener mención expresa de haber superado el período del prácticas y situación administrativa el día de terminación del plazo de presentación de solicitudes para participar en estas pruebas.

8.4.- Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación señalada anteriormente, o del examen de ésta se dedujera que carecen de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, no pondrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.- NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESION

9.1.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la Mesa del Parlamento ordenará la publicación en el BOJA, del nombramiento de los aprobados como funcionarios del Parlamento de Andalucía.

9.2.- En el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del nombramiento de la Mesa en el BOJA., los interesados deberán tomar posesión de sus plazas.

Se entenderá que renuncian a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición quienes no tomen posesión en el plazo señalado.

10. NORMA FINAL

Los ejercicios comenzarán a partir del mes de Mayo de 1992. En lo no previsto en estas bases, se estará a lo establecido en la legislación vigente, en cuanto sea de aplicación.

Sevilla, 22 de abril de 1992.- El Letrado Mayor, Juan Cano Bueso.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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