Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 4/6/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo

RESOLUCION de 13 de mayo de 1992, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación de la Revisión Salarial para 1992 del Convenio Colectivo de Trabajo de Ambito Interprovincial Damas, SA.

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Visto el texto de la revisión salarial para 1992 del Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito interprovincial de Damas, S.A., recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 6 de mayo de 1992, suscrito por la representación de la empresa y sus trabajadores con fecha 12 de febrero de 1992, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la Ley

8/1980 de 10 de marzo del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y Rel Decreto 4043/1982, de

29 de diciembre, sobre traspaso y de competencias, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social,

RESUELVE:

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Remitir un ejemplar del mismo al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de mayo de 1992.- El Director General, Carlos Toscano Sánchez.

ASISTENTES En la ciudad de Huelva a 12 de Febrero de 1992, siendo las 11,00

POR LA PARTE EMPRESARIAL horas, se reunen en el despacho de la dirección de Damas, SA., sito

D. PEDRO SANTOS DELGADO en Avda. Portugal, 9 las personas D. FERNANDO RENDON SAINZ al margen relacionadas, todos ellos D. ROBERTO HERNANDEZ ALONSO miembros del Comité de Empresa y Delegados de Personal de los

POR LA PARTE SOCIAL distintos centros de trabajo, con los también relacionados

D. MANUEL MORENO ORTEGA representantes de la empresa. D. AGUSTIN ORIHUELA GARCIA

D. ANTONIO PICON PICHARDO Preside la reunión D. Pedro Santos D. JOSE GOMEZ PEREZ Delgado, asistido como secretarios D. FERNANDO GARCIA MERLON de actas por D. Roberto Hernández D. PEDRO GARCIA FERNANDEZ Alonso y D. Manuel Moreno Ortega. D. BENITO DELGADO OLIVARES

D. JOAQUIN VERDEJO LOPEZ Abre la sesión el Sr. Presidente D. LORENZO SANCHEZ MARQUEZ para informar sobre el orden del D. LEONARDO CARRO RODRIGUEZ día de la D. FELIX SAENZ LOBATO

D. JOSE GARCIA MARQUEZ

D. BARTOLOME ROJAS CORREA

D. MANUEL GONZALEZ GOMEZ

reunión consistente en:

1º.- Firma de las nuevas tablas salariales a aplicar en el año 1992 del Convenio Colectivo en vigor.

Por el Sr. Presidente se informa y da lectura a las tablas salariales para su comprobación y en su caso conformidad de los presentes, los cuales por unanimidad las consideran conformes y aceptan, figurando como Anexo I de este acta; no obstante la representación de los trabajadores solicita que se haga en este acto revisión de los restantes conceptos retributivos del Convenio que no figuran en las tablas. Estos conceptos, una vez revisados, quedan de la siguiente forma:

- Plus Convenio 7.300.- pts.

- Pagas Extraordinarias 55.362.- pts.

- Incentivos: de 20 a 40 billetes 8,48; de 40 a 60 billetes 7,06; de 60 a

70 billetes 4,23; exceso de 70 billetes 0,27.

- Dietas:

a) Para todos los servicios regulares y talleres: 2.681.- pts., distribuidas en 938.- pts. para el almuerzo, 938.- pts. para la cena y 806.- para el alojamiento y desayuno.

b) Servicios discrecionales provinciales y comarcales: 3.523.- pts. distribuidas 1.233.- pts. para el almuerzo, 1.233.- pts. para la cena y

1.057.- pts. para alojamiento y desayuno.

c) Servicios discrecionales nacionales y paso a Portugal: 3.928.- pts., distribuidas 1.374.- pts. para el almuerzo, 1.374.- pts. para la cena y

1.180.- pts. para alojamiento y desayuno.

d) Servicios discrecionales internacionales (excepto Portugal): 7.232.- pts. distribuidas 2.531.- pts. para el almuerzo, 2.531.- pts. para la cena y

2.170.- pts. para alojamiento y desayuno.

Se fija para el año 1992 en 537.- pts., el precio de la hora de presencia.

Asimismo, se aplica el 7,5% respecto del plus de transporte del personal de Peguerillas que establece el Art. 28 del Convenio quedando este en

170.- pts.

Tras un breve cambio de impresiones por el Sr. Presidente, se indica que de una interpretación lógica del convenio no procede la revisión respecto aquellos conceptos que son mejoras sociales, toda vez que no son conceptos retributivos.

La parte social deja libre criterio de la empresa, la revisión o no de los conceptos de mejora social.

Una vez aprobadas las tablas por unanimidad de los presentes, se da por terminada la sesión, a las 14,15 horas levantándose acta por los secretarios, con el VºBº del Sr. Presidente y que se firma en prueba de conformidad.

ANEXO I

TABLA SALARIAL PARA 1992

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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