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Dada la necesidad de fomentar, desarrollar y homegeneizar los Servicios Contraincendios y Salvamentos de la Comunidad Autónoma Andaluza, garantizando en este modo la seguridad y protección de personas y bienes en situación de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, y a tenor de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 18 de la Ley 3/1991 de 25 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
D I S P O N G O:
Artículo 1º. Conceder una subvención de veintiocho millones (28.000.000) de pesetas como ampliación de las subvenciones concedidas por Orden de 29 de diciembre de 1988, de 14 de noviembre de 1989, al Excmo. Ayuntamiento de Antequera para la conclusión de las obras del Parque de Bomberos, declarándose la misma específica por razón del Objeto, obviándose por tanto la concurrencia.
Artículo 2º. La subvención objeto de esta norma será justificada en la forma prevista en los artículos 38, 41, 81 y concordantes del Decreto 149/1988 de 5 de abril que aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, así como a lo tenor de lo dispuesto en el párrafo séptimo del artículo 18 de la Ley 3/1991 de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.
artículo 3º. Se ordena su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Sevilla, 17 de junio de 1992.
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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