Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 25/7/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de junio de 1992, por la que se resuelve la convocatoria a que se refiere la de 19 de diciembre de 1991, por la que se dan instrucciones para la aplicación del régimen de conciertos con Escuelas Hogar para el curso 1992/93.

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La Orden de la Consejería de Educación y Cincia de 19 de diciembre de 1991 estableció instrucciones para la aplicación del régimen de conciertos con Escuelas Hogar para el curso 1992/93. Vistas las solicitudes presentadas por las Escuelas Hogar privadas, cumplidos todos los trámites previstos en la citada Orden y el de vista y audiencia regulado en el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo, teniendo en cuenta la propuesta formulada por la Dirección General de Ordenación Educativa, previo informe de los Centros directivos competentes.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Aprobar los conciertos con las Escuelas Hogar relacionados en el anexo I de la presente Orden.

Segundo. Denegar los conciertos con las Escuelas Hogar relacionados en el anexo II de la presente Orden.

Tercero. Los Delegados Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia notificarán a los interesados el contenido de esta resolución, así como la fecha, lugar y hora en que deban personarse para firmar el concierto.

Cuarto. El documento administrativo de formalización del concierto será firmado por el Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia y por el titular de la Escuela Hogar privada o persona con representación legal debidamente acreditada, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III de la Orden de esta Consejería de Educación y Ciencia de 19 de diciembre de 1991, por la que se dan instrucciones para la aplicación del régimen de conciertos con Escuelas Hogar para el curso 1992/93.

Quinto. Si el titular de la Escuela Hogar privada, sin causa justificada, no suscribiese el documento de la formalización en la fecha notificada, se entenderá decaído de su derecho.

Sexto. Contra esta resolución podrán los interesados interponer recurso de reposición previo a la vía contencioso-administrativa ante la Consejería de Educación y Ciencia en el plazo de un mes, a contar desde la notificación de la resolución.

Séptimo. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de junio de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

(Véanse ANEXOS I Y II)

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