Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 25/7/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 14 de julio de 1992, por la que se hace pública la convocatoria de Educadores Becarios para el curso 1992-1993, en Centros de Internamiento dependientes de la misma.

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La experiencia de años anteriores aconseja proseguir convocando plazas de Educadores-Becarios para el próximo curso escolar en centros de internamiento adscritos a la Consejería de Asuntos Sociales.

La convivencia en los Centros de los estudiantes con los menores internados y la atención y orientación que aquéllos ejercen en las actividades complementarias se traduce en una interrelación positiva, finalidad que justifica la convocatoria de estas becas. Por ello, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el Decreo 287/90 de 11 de septiembre.

RESUELVO

Primero: Convocar la cobertura de 88 plazas de Educadores Becarios para el curso escolar 1992-1993 en los centros de internamiento dependientes de esta Consejería de Asuntos Sociales, cuyo número y distribución figuran en el Anexo I de esta Resolución. En caso de resultar vacante alguna de las plazas convocadas, la beca correspondiente podrá ser concedida para otro centro diferente ubicado en la provincia que lo precise.

Segundo: Las solicitudes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Ser español y residente en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Tener una edad comprendida entre los dieciocho y los veinticinco años, ambos inclusive, en la fecha que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar cursando estudios, con el siguiente orden de preferencia que se tendrá en cuenta en la valoración de las solicitudes. Estudiantes que tengan aprobado íntegramente un curso universitario de las siguientes especialidades: pedagogía, sociología, psicología, diplomado en trabajo social y enseñanza. Estudiantes que tengan aprobado íntegramente un curso de nivel universitario de las restantes licenciaturas. Estudiantes que tengan aprobado íntegramente dos cursos de Escuelas Universitarias de las demás especialidades. Estudiantes que cursen primer curso de estudios universitarios, teniendo preferencia los de las especialidades relacionadas en el primer punto de este apartado.

Estudiantes que tengan aprobado íntegramente el primer curso de F.P.2 en las especialidades relacionadas. Estudiantes de COU.

d) No padecer defecto físico ni enfermedad que impida el desarrollo normal de su actividad en el Centro.

Tercero: Los interesados deberán cumplimentar la solicitud que figura en el Anexo II y presentarla dentro de plazo en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales de la provincia a que pertenezca el centro en el que desean obtener plaza.

Cuando la solicitud se refiera a más de un centro radicado en distintas provincias, deberán relacionarse éstos por orden de preferencia y remitirse copia de la solicitud a cada una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales que corresponda.

El plazo para la presentación de las solicitudes será desde la publicación de la presente Orden en el BOJA hasta el 4 de septiembre.

Cuarto: La concesión de la beca comporta.

a) Alojamiento y manutención gratuitos en el centro desde el comienzo del curso 1992-93 hasta el 30 de junio de 1993. El alojamiento se prestará de forma que permita al becario la adecuada realización de sus estudios.

b) Abono de hasta 30.000 pts. para colaborar en los gastos de matrícula, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente.

c) Abono de hasta 10.000 pts. como ayuda para la adquisición de libros relacionados con los estudios cursados por los becarios, previa presentación de la factura correspondiente.

d) Abono a cada becario, durante los meses indicados en el apartado a), de una cantidad mensual de 10.000 Pts. para gastos de transporte a su centro de estudios.

Quinto: La condición de Educador-Becario comporta para éste la obligación de desarrollar las tareas que la Dirección del Centro le encomiende en relación con la atención a los usuarios del centro en sus horas y actividades extraescolares, sin que en ningún caso ello implique la existencia de vínculo laboral alguno.

El tiempo de dedicación a las tareas encomendadas debe ser compatible con las obligaciones académicas del becario.

Sexto: Para la adjudicación de las plazas, se procederá del modo siguiente:

a) El examen y la valoración de las solicitudes recibidas dentro del plazo, que cumplan los requisitos indicados en el artículo 2º se hará por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales y los Directores de los Centros de la provincia relacionados en el Anexo I, en base a la consideración de los siguientes criterios:

Orden de preferencia fijado en el art. 2ºC.

Haber obtenido plaza de Educador-Becario en años anteriores. Expediente académico.

Otros conocimientos: musicales, deportivos, etc.

b) El acta de la reunión en la que se acuerden las solicitudes seleccionadas, junto con todas las recibidas, será remitida a la Dirección General de Atención al Niño en el plazo de siete días naturales a partir del siguiente al cierre de la presentación de las solicitudes.

c) La Dirección General de Atención al Niño, una vez confeccionados los nombramientos de adjudicación de becas, los remitirá a las Delegaciones Provinciales para su traslado a los Directores de Centros y a los propios interesados.

Séptimo: Las solicitudes seleccionadas deberán presentar documentación fehaciente de aquellos datos consignados en su solicitude que les demande la Delegación Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales o la Dirección de los Centros.

Hasta el total cumplimiento de esta exigencia, no se procederá a abono alguno al Educador-Becario.

Octavo: La condición de becario se pierde:

a) Por la finalización del curso en la fecha fijada en el artículo cuarto de esta convocatoria.

b) Por incumplimiento de sus obligaciones a propuesta del Director del Centro, habiendo sido previamente informada la Delegación Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales

correspondiente.

c) Por comprobación de falsedad o incumplimiento de cualquiera de los datos consignados en su solicitud, a propuesta de la Delegación Provincial que corresponda.

d) Por renuncia escrita dirigida al Delegado Provincial correspondiente, el cual tramitará dicha renuncia a la Dirección General de Atención al Niño.

Noveno: Las cantidades especificadas en el artículo 4º serán abonadas con cargo al Capítulo IV desconcentrado en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales, aplicación

481 «Mantenimiento a Familias e Instituciones

colaboradoras de Menores¯.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla 14 de julio de 1992

CARMEN HEMOSIN BONO

Consejera de Asuntos Sociales

ANEXO I

RELACION DE PLAZAS DE EDUCADORES BECARIOS

(Curso 1992-93)

Provincia: Almería

Centro: Hog. Indalo

Localidad: Almería

Nº Plazas: 6

Provincia: Cádiz

Centro: Hog. «La Cañada¯

Localidad: Villamartín

Nº Plazas: 4

Provincia: Cádiz

Centro: Col. «Inmaculada Con.¯

Localidad: La Línea

Nº Plazas: 4

Provincia: Cádiz

Centro: Hog. «Manuel de Falla¯

Localidad: Jerez Front.

Nº Plazas: 4

Provincia: Córdoba

Centro: Col. «San Rafael¯

Localidad: Córdoba

Nº Plazas: 6

Provincia: Córdoba

Centro: Resid. Séneca

Localidad: Córdoba

Nº Plazas: 4

Provincia: Córdoba

Centro: Hog. «Lucano¯

Localidad: Cerro Muriano

Nº Plazas: 3

Provincia: Granada

Centro: Hog. Angel Ganivet

Localidad: Granada

Nº Plazas: 5

Provincia: Granada

Centro: Hog. Bermúdez de Castro

Localidad: Granada

Nº Plazas: 6

Provincia: Huelva

Centro: Res. Juan Ramón Jiménez

Localidad: Huelva

Nº Plazas: 12

Provincia: Huelva

Centro: Cen. Prevenc. y Acogida

Localidad: Huelva

Nº Plazas: 3

Provincia: Huelva

Centro: Hog. Cristóbal Colón

Localidad: Aracena

Nº Plazas: 2

Provincia: Jaén

Centro: H. Alabergue Esc. La Merced

Localidad: Villacarrillo

Nº Plazas: 2

Provincia: Jaén

Centro: Hog. Ntra. Sra. de La Cabeza

Localidad: Linares

Nº Plazas: 4

Provincia: Jaén

Centro: A. Esc. Fernando III El Santo

Localidad: Martos

Nº Plazas: 4

Provincia: Jaén

Centro: H. Esc. S. Juan de la Cruz

Localidad: La Carolina

Nº Plazas: 4

Provincia: Málaga

Centro: Col. San Fco. de Asis

Localidad: Torremolinos

Nº Plazas: 6

Provincia: Málaga

Centro: Hog. Virgen de la Esperanza

Localidad: Torremolinos

Nº Plazas: 4

Provincia: Málaga

Centro: Hog. Virgen de la Victoria

Localidad: Torredelmar

Nº Plazas: 5

ANEXO II

MODELO SOLICITUD DE PLAZA DE EDUCADOR BECARIO

(Curso 1991-92)

Datos del solicitante:

Apellidos ....................................... Nombre Fecha de nacimiento .................................... Sexo D.N.I. Lugar de nacimiento .......................................... E. Civil Domicilio .................................................... Localidad

Plaza o plazas que se solicitan por orden de preferencia Provincia ..................................................LocalidadCentro

Datos académicos:

Títulos que posee:

Estudios realizados en el curso 1992-1993

Calificación media obtenida en el curso 1992-1993

Centro en que los ha realizado .................................. Municipio

Estudios a realizar en el curso 1992-1993:

Centro

Otros conocimientos o títulos (musicales, deportivos)

Razones por la que solicita la plaza

¿Fue becado en el curso 92-93?

Declaro bajo juramento ser ciertos los datos consignados en esta solicitud, comprometiéndome en caso de ser seleccionado a presentar la documentación acreditativa que sobre los mismo se me solicite.

En .............. , a ..... de ....... de ......... .

Fdo.:

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