Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 28/1/1992

1. Disposiciones generales

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 10 de enero de 1992, por la que se convoca y regula la concesión de ayudas económicas destinadas a Asociaciones y Entidades Privadas sin ánimo de lucro, con actividades en el campo de las Drogodependencias.

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El Plan Andaluz sobre Drogas, incluye entre sus objetivos el fomento del movimiento asociativo de afectados, familiares y de ayuda a los toxicómanos.

El interés social y la consecución de los objetivos preventivos, de rehabilitación y reinserción del drogodependiente ha imprescindible la promoción del movimiento asociativo. El Plan Andaluz sobre Drogas encuentra así un apoyo inestimable para hacer partícipe a la sociedad de sus propios objetivos.

En su virtud y en uso de las facultades que me han sido conferidas, a propuesta del Comisionado para la Droga.

DISPONGO

ARTICULO 1º. Objeto y destinatarios.

La presente Orden tiene por objeto establecer las normas por las que ha de regirse la concesión de ayudas económicas destinadas a la promoción, equipamiento y mantenimiento de asociaciones y entidades privadas sin fines de lucro, que realicen actividades de prevención, información, asesoramiento y apoyo social a los afectados por drogodependencias y familiares.

ARTICULO 2º. Actividades subvencionadas.

Las ayudas cuya concesión regula la presente Orden serán destinadas a financiar total o parcialmente los gastos causados por el desarrollo de las actividades, conforme a los siguientes conceptos:

1. Infraestructura y suministros.

2. Reuniones y conferencias.

3. Trabajos técnicos y asesoramiento.

4. Programas de prevención.

5. Programas de reinserción.

ARTICULO 3º. Solicitud y documentación.

Para formular la solicitud de las ayudas económicas reguladas en la presente convocatoria deberá aportarse la documentación siguiente:

1. Instancias conforme al modelo que se adjunta como anexo a la presente Orden, suscrita por quien ostente la representación o poder suficiente para ello. A tales efectos habrá de acreditarse fehacientemente tal representación o poder.

2. Copia autentificada de los estatutos en los que ha de constar explícitamente la inexistencia de ánimo de lucro en los fines de la entidad.

3. Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro de Asociaciones.

4. Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

5. Declaración jurada de estar al corriente de obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, salvo las comprendidas en el artículo primero de la Orden de la Consejería de Hacienda y Planificación, de 13 de diciembre de 1989.

6. Memoria de las actividades desarrolladas por la Entidad durante 1991, detallando las ayudas, cuantía y procedencia con que contó para el desarrollo de las mismas.

7. Balance económico correspondiente al ejercicio 1991.

8. Descripción del plan de actividades previsto para 1992, señalando la fecha y duración de las mismas, objetivos y evaluación de resultados.

9. Relación de gastos previstos para 1992.

10. Relación nominal, especificando Documento Nacional de Identidad, domicilio y teléfono de los miembros de la Junta Directiva.

11. Relación numérica de los socios de la entidad.

ARTICULO 4º. Plazo.

El plazo de presentación será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ARTICULO 5º. Lugar.

La documentación, en original y copia, se dirigirá a la Consejería de Asuntos Sociales y se presentará en las Delegaciones Provinciales de la Consejería.

ARTICULO 6º. Tramitación y resoluciones.

1. Las Delegaciones Provinciales de Asuntos Sociales a la vista de las solicitudes presentadas, podrán reclamar a estas entidades cuantos documentos o aclaraciones considere necesarias para completarlas.

2. Los Delegados de Asuntos Sociales recabarán del Centro Provincial de Drogodependencia los informes que procedan.

3. Los Centros Provinciales de Drogodependencias remitirán a las Delegaciones Provinciales de Asuntos Sociales informe sobre las subvenciones solicitadas en el plazo máximo de un mes, a contar desde la finalización del periodo de presentación de solicitudes.

4. Recibidos los informes, los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales procederán a la comprobación y valoración de los datos en función de la adecuación de las solicitudes a los criterios y prioridades establecidos en el Plan Andaluz sobre Drogas y conforme a las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio de 1992.

5. Los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales resolverán la concesión de las ayudas económicas solicitadas, en función de su adecuación a las prioridades del Plan Andaluz sobre Drogas

6. La resolución de concesión será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en los tablones de anuncios de la Consejería y Delegaciones Provinciales.

ARTICULO 7º. Abono.

1. El abono y justificación de las subvenciones se realizarán de una de las formas que siguen, de acuerdo con lo que determine la resolución que las conceda.

a) Previa presentación por importe igual o superior a la cantidad concedida, de justificantes de gastos realizados.

b) Concediendo hasta el 31 de diciembre de 1992 para la presentación de justificantes de gastos a realizar durante el presente ejercicio, por un importe igual o superior a la misma.

2. Los justificantes necesariamente corresponderán a los conceptos establecidos en el artículo 2º. de esta Orden y según se concedan en la resolución.

3. Los justificantes que afecten a gratificación por colaboración de personal temporal, figurarán en recibos en los que harán de constar el carácter de las mismas, nombre y DNI del perceptor firmante y la correspondiente retención del IRPF.

4. Los justificantes de gastos realizados se presentarán en original y fotocopia compulsada.

5. No serán aceptados justificantes de gastos cuyo perceptor sea, a su vez otra asociación similar.

ARTICULO 8º.

Las asociaciones que resulten beneficiarias de las subvenciones objeto de la presente Orden estarán sometidas a los procedimientos de control e inspección así como a la justificación de su uso, en los términos establecidos en el artículo 37 y siguientes del Decreto 149/1988 de 5 de abril.

ARTICULO 9º. Inversión de la dotación.

1. La Consejería de Asuntos Sociales comprobará que la subvención concedida se invierte en la forma adecuada.

2. El incumplimiento total o parcial de cualquiera de las condiciones constituirá causa determinante de la revocación de acuerdo con la concesión de ayudas y de reingreso de ésta por el preceptor, previo requerimiento de la Consejería de Asuntos Sociales, que, de no ser atendido, promoverá la acción ejecutiva prevista en el Reglamento General de Recaudación, sin perjuicio de las acciones civiles, penales o de otro orden que en su caso procedan.

DISPOSICION ADICIONAL

La cuantía global de las subvenciones que se regulan en la presente Orden tiene como límite el crédito presupuestario consignado en el estado de gastos de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992.

DISPOSICION FINAL

Se autoriza al Comisionado para la Droga a dictar las disposiciones necesarias de ejecución de la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de enero de 1992

Sevilla, 10 de enero de 1992

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Asuntos Sociales

ANEXO

Solicitud de ayuda económica para entidades sin fines de lucro en materia de drogodependencias.

Datos del solicitante:

Apellidos ................................................................ Nombre ................................................................... DNI ................................... Teléfono ........................ Domicilio ................................... Provincia .................. Relación con la institución para la que solicita la ayuda económica: Nombre ................................................................... Domicilio social .................................. Teléfono ............ POBLACION ................................. PROVINCIA .................... Nº de Ident. Fiscal .......................... Nº Reg. Asoc. .............

de utilidad pública si __ no __ con fecha

Nombre, domicilio y localidad de la entidad bancaria:

__________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ Nº de cuenta ............................................................. Desglose por conceptos presupuestarios subvención solicitada:

1. Infraestructura y suministros ___________________

2. Reuniones y Conferencias ______________________

3. Trabajos técnicos. Asesoramiento ______________________

4. Programas de prevención ______________________

5. Programas de reinserción ______________________

Total ______________________

_______________, a _____________ de _____________________ de 1992

FIRMA

Excma. Sra. Consejera de Asuntos Sociales

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