Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 22/8/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 23 de julio de 1992, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hace pública una subvención concedida al amparo de la Orden que se cita. (DP-01-CA/92).

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Expediente: DP-01-CA/92

Entidad: Patronato Provincial de Turismo de Cádiz Domicilio: Avda. Ramón de Carranza, 11-12 N.I.F./C.I.F.: G/11027448

Visto el expediente de referencia, instruido dentro del Programa de Acción Concertada con Diputaciones Provinciales para la promoción y comercialización de recursos turísticos previsto en el Presupuesto General de la Junta de Andalucía y regulado por Orden de 14 de abril de 1992 (BOJA núm. 34, de 24 de abril). Considerando que la solicitud presentada por el Patronato Provincial de Turismo cumple los requisitos establecidos en la Orden de referencia.

En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por la Comisión de Valoración, tras la reunión mantenida el día 30 de junio de 1992.

HE RESUELTO

Primero: Conceder al Patronato Provincial de Turismo de Cádiz una subvención por importe de veintiún millones seiscientas sesenta y siete mil doscientas (21.667.200) pesetas, para la realización de acciones de promoción y comercialización de los recursos turísticos, en la forma y condiciones que se espresan en el punto siguiente.

Segundo: La subvención queda condicionada a: 1) Se consideran acciones aprobadas, presupuestos de las mismas (I.V.A. excluido) e importe individualizado de la subvención:

Acción..............................Presupuesto...............Subvención Publicidad entrecintas aeropuertos...3.800.000................3.191.124 Calendario Fiestas 1992................650.000..................545.870 Posters eventos deportivos.............900.000..................755.820 Posters verano 92......................900.000..................755.820 Encarte guía «windsurf¯..............1.200.000................1.007.760 Folleto guía senderismo................350.000..................293.930 Folleto comarca La Janda.............1.000.000..................839.800 Posters genéricos....................1.000.000..................839.800 Publicidad revistas nacionales.......1.500.000................1.259.700 Campaña Prensa Alemana...............1.000.000..................839.800 Asistencia profesionales Sector......1.000.000..................839.800 «Spots¯ publicitarios TV autonómicas.6.500.000................5.458.700 Vallas municipios....................6.000.000................5.039.276 Totales.............................25.800.000...............21.667.200

2) La entidad beneficiaria será responsable ante la Consejería de Economía y Hacienda de la financiación de la inversión correspondiente a la diferencia entre el importe de la subvención y presupuesto aprobado indicados en el apartado 1) de este punto. 3) El plazo máximo para la ejecución y justificación de las acciones aprobadas finaliza el día 15 de diciembre de 1992.

Tercero: La entidad beneficiaria deberá remitir a la Delegación Provincial de Economía y Hacienda de Cádiz, certificación de Acuerdo Plenario por el que se acepte la subvención y se adopte el compromiso de aportar la parte de la inversión no subvencionada, en el plazo máximo de un mes desde la notificación de la Resolución.

En el plazo máximo de seis meses a partir de la recepción de los fondos, se aportará por el beneficiario, certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad, con expresión del asiento practicado, de conformidad con lo dispuesto en el artº 40.3 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía (Decreto 149/88, de 5 de abril), y artº 7º de la Orden reguladora.

Cuarto: El beneficiario se obliga a:

1) Realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención, acreditando ante el

órgano concedente la aplicación de los fondos en la forma y plazos establecidos.

2) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a

efectuar por el órgano o entidad concedente, a las de control que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

3) Comunicar al órgano concedente, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, en el plazo máximo de quince días desde la notificación de las mismas.

4) Entregar en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda el 20 % del material promocional editado o una copia, si se trata de audiovisuales.

5) En todo el material promocional deberá aparecer la identificación de la Dirección General de Turismo.

Quinto: En caso de incumplimiento por el beneficiario de las condiciones expuestas, así como las estipuladas en la Orden reguladora, la concesión de la subvención podrá ser revocada, previa instrucción del correspondiente expediente, con pérdida de los beneficios obtenidos, reintegro de las cantidades recibidas y exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la

subvención.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el artº 48 de la Ley 6/83, de

21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cabe interponer recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, por conducto de esta Delegación Provincial, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y

Hacienda, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos

126.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de

1958, modificada por la Ley 164/63, de 2 de diciembre, y 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, modificada por la ley 10/73, de 17 de marzo.

Cádiz, 23 de julio de 1992.- El Delegado, Daniel Vázquez Salas.

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