Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 3/9/1992

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Otros. INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

CERTIFICACION.

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D. CARLOS FERNANDEZ NAVARRO COMO DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

CERTIFICO:

Que con fecha 5 de Mayo de 1992, esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, dictó Resolución en cuya parte dispositiva textualmente dice: "Declarar que las lesiones que padece D. Luis NIETO MARTIN son constitutivas de Invalidez Permanente, en el grado de Incapacidad Permanente Total, derivada de accidente de trabajo, sin posibilidad razonable de recuperación, para su profesión habitual de Instrumentista de bajo eléctrico reconociéndosele el derecho a percibir un pensión vitalicia equivalente al 55% de SETENCIENTAS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTAS (745.500.-) PTAS. anuales, salario mínimo vigente en el año 1991, hecho causante, por ser más beneficioso que la base de cotización de la fecha del accidente que se le abonará al interesado en doce mensualidades, sin perjuicio de la aplicación, si procede, de las disposiciones dictadas y por dictar, en materia de revalorización de pensiones y de los mínimos legales establecidos, con efectos jurídicos y económicos a partir del día 11-12-91, siendo responsable de la prestación reconocida la empresa "Carlos Cano" con domicilio conocido en Granada 18002, C/ Goya nº 3, por falta de alta del trabajador en la Seguridad Social según queda probado en Sentencia del Juzgado de lo Social citada en los hechos probados de la presente Resolución, sin perjuicio del anticipado del pago de la prestación por este Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la responsabilidad subsidiaria del mismo. La presente Resolución dictada a nombre de D. Luis Nieto Martin podrá ser objeto de impugnación ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, mediante la interposición de escrito de Reclamación Previa , en el plazo de TREINTA DIAS, contadas a partir del siguiente a la fecha de su recepción, de conformidad con lo establecido en el Artº 71 del Texto Articulado de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 521/1990 de 27 de Abril. El escrito de Reclamación Previa deberá presentarse por duplicado, haciendo constar en el mismo, nombre, apellidos y domicilio del reclamante y Resolución que se impugna, así como la petición concreta que formula y las Disposiciones Legales en las que fundamente la Reclamación, debiendo firmado y fecharlo, pudiendo adjuntar a su escrito cuantos documentos estime pertinentes. En Madrid, a 5 de Mayo de 1992".

Firmado y Rubricado. El Director Provincial por delegación Pilar Beares Ordas.

Y de conformidad con lo preceptuado en el artº 80 nº 3 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de Julio de 1958, para que conste a los efectos de notificación a la Empresa "Carlos Cano", con último domicilio conocido en C/ Goya, 3- 18002 Granada, expide la presente certificación, en Madrid, a 23 de Julio de 1992.

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