Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 25/9/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 2 de septiembre de 1993, de la Dirección General de Infraestructura y Servicios del Transporte, por la que se hace pública la aprobación de las tarifas máximas de aplicación en la explotación de la estación de autobuses de Pozoblanco (Córdoba). (PP. 2768/93).

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Con fecha 2 de abril de 1993, ha sido presentada por el Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco titular de la explotación de la Estación de Autobuses de Pozoblanco (Córdoba), solicitud de revisión de tarifas de la misma para 1993, con posterior aportación de documentación en 21 de mayo del mismo año a instancia de este Centro Directivo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Tipo de Estaciones de Autobuses de Andalucía, ha sido dado trámite de vista al Excmo. Ayuntamiento de Pozoblanco (Córdoba) y a la Asociación Provincial de Transportes Interurbanos de Viajes y concesionarios afectados, sin que se haya efectuado oposición alguna.

Con fecha 25 de agosto de 1993, la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Córdoba emite el preceptivo informe, prestando su conformidad a lo solicitado. Las tarifas actualmente en vigor se encuentran aprobadas por Resolución de 30 de enero de 1992 (BOJA de 23 de enero). A la vista de lo anterior, teniendo en cuenta los informes oportunamente evacuados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 132 de la Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y 183 a 187 de su Reglamento de Aplicación, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero. Se aprueba el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

TARIFA A: POR VIAJEROS

Por cada viajero con recorrido de 0 a 25 Km. 9 ptas. Por cada viajero con recorrido de 26 a 50 Km. 20 ptas. Por cada viajero con recorrido de 51 a 100 Km. 27 ptas. Por cada viajero con recorrido de más de 100 Km. 38 ptas.

TARIFA B: AUTOBUSES

Por cada entrada y salida de autobús 85 ptas.

TARIFA C: TAQUILLAS

Por cada taquilla que se ceda en arrendamiento al mes 4.250 ptas.

TARIFA D: CONSIGNA

Por cada bulto que se deposite en el servicio de consigna, el primer día 106 ptas. Por cada bulto que se deposite en el servicio de consigna, por cada día más 27 ptas.

Segundo. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Tercero. Las tarifas máximas de aplicación en la Estación de Autobuses de Pozoblanco entrarán en vigor el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOJA.

Sevilla, 2 de septiembre de 1993.- El Director General, Damián Alvarez Sala.

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