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Vista la solicitud presentada por la entidad Rafael Torres González, para la inclusión de sus productos en el Registro de Productos Autorizados para el uso del distintivo de calidad «Alimentos de Andalucía¯, y
Visto el informe favorable de la Comisión Técnica de Calidad de productos agroalimentarios y pesqueros Esta Consejería
D I S P O N E
1º. Autorizar a la entidad Rafael Torres González, el uso del distintivo de calidad para los productos referenciados en el Anexo de la presente orden, con las garantías de uso y en su caso de revocación previstas en el Decreto 23/1989 de 14 de febrero (BOJA núm. 33, de 28.4.89) y en la orden de 15 de diciembre de 1989 (BOJA núm. 1, de 5.1.90).
2º. El distintivo de calidad «Alimentos de Andalucía¯ podrá ser utilizado una vez que la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria inscriba en el correspondiente Registro los productos reseñados en el Anexo adjunto.
3º. Esta autorización tiene una vigencia de cinco años.
Sevilla, 5 de julio de 1993
LEOCADIO MARIN RODGRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca
A N E X O
Características de los productos para los que se aprueba la inclusión en el Registro de productos autorizados para el uso del distintivo de calidad «Alimentos de Andalucía¯.
A) Relativos al producto
Denominación del producto: Aceite de oliva. Marca comercial: Aove
Calidad del producto: Virgen extra.
Materia prima: Aceituna variedad Picual de la comarca Mágina de Jaén.
Características del producto: Color amarillo verdoso con olor y saber frutado ligeramente amargo y fragante. Etiquetado y presentación: Lata de 0,250, 0,500, 0,750, 1,
2,500 y 5 litros, con etiquetas serigrafiadas.
B) Relativos a la empresa
Empresa o Entidad fabricante o elaboradora: Rafael Torres González
Nº Registro Sanitario de Alimentos: 16.1112/J Nº Registro de Industrias Agrarias: 23/40.195 CIF: D-25853527
Domicilio y población: C/ Cervantes, 22. 23530 Jimena, Jaén
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