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A los efectos prevenidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Decreto 2065/1992 de 30 de mayo (BB.OO. de 20 y 22 de julio) adjunto se remite copia de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Cádiz, a los efectos de participar a esa Empresa que, habiendo sido declarada su responsabilidad en el pago de la prestación de Jubilación reconocida al Sr. D. J. Antonio Fraguela Piñero el importe le será comunicado por la Tesorería General de Seguridad Social.
Cádiz, 6 de febrero de 1992.- El Subdirector Provincial, Alejandro Brome del Cuvillo.
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