Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 6/11/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo

RESOLUCION de 26 de octubre de 1993, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso de apelación núm. 7663/90, interpuesto por Unión Sindical Obrera.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha

2 de junio de 1992, por el Tribunal Supremo, en el Recurso de apelación núm. 7663/90, promovido por Unión Sindical Obrera cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

F A L L O:

Que estimando el Recurso de Apelación interpuesto por Unión Sindical Obrera contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 15 de marzo de 1990 dictada en el recurso núm. 1090/89, que revocamos, declaramos el derecho de la entidad recurrente a que mientras permanezca el sistema de reserva de plazas de las Residencias y Ciudades Residenciales de la Junta de Andalucía expresado en la resolución de la Consejería de la Presidencia de 7 de septiembre de 1987, la Unión Sindical Obrera tiene derecho a que se le reserven un número de plazas proporcional a su representatividad en la Comunidad Autónoma. Con imposición de las costas de la apelación a la Administración apelada y sin hacer declaración especial sobre las de primera instancia.

Sevilla, 26 de octubre de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.

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