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A propuesta de la Dirección General de Política Agroalimentaria y Agricultura Asociativa, visto el expediente instruido en virtud de la solicitud formulada por la Asociación «Organización de Productores de Aceite de Oliva Opracol-Huelva¯ y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2796/1986, de 19 de diciembre, y Reglamento (CEE) 136/66, del Consejo, de 22 de septiembre, 2261/84, del Consejo, de 17 de julio y 3061/84, de la Comisión de 31 de octubre, enuso de las facultades conferidas,
DISPONGO
1º. Reconocer a la Entidad «Opracol-Huelva¯, con domicilio en C/ Vica, s/n de Aroche (Huelva), como Organización de Productores de Aceite de Oliva, con los derechos, obligaciones y cometidos establecidos en la citada normativa nacional y comunitaria.
2º. La región de la que es representativa es la IV (Sierra y Pedroches de la provincia de Córdoba, Sierra Norte de la Provincia de Sevilla y Andévalo Occidental y Oriental de la provincia de Huelva) con la delimitación territorial que es establece en la Orden de esta Consejería de 10 de junio de 1987 (BOJA núm.
54 de 23 de junio de 1987).
3º. El reconocimiento como Organización de Productores de Aceite de Oliva surtirá efectos, para la gestión de la ayuda a la producción de Aceite de Oliva que concede la Comunidad Económica Europea, a partir de la próxima campaña 1993-94, siempre que la Entidad continúe reuniendo los requisitos exigidos por la legislación comunitaria y española, y cumpla asimismo, los compromisos asumidos y los cometidos que dicha legislación establece.
Sevilla, 11 de octubre de 1993
LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ
Consejero de Agricultura y Pesca