Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 12/1/1993

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Otros. AYUNTAMIENTO DE FINES (ALMERIA)

ANUNCIO de convocatoria.

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El Pleno del Ayuntamiento de Fines (Almería), en sesión Extraordinaria del día cinco de noviembre de mil novecientos noventa y dos, acordó aprobar la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar de la Policía Local, con arreglo a las siguientes Bases:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD MEDIANTE OPOSICION LIBRE DE UNA PLAZA VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO, DE AUXILIAR DE POLICIA LOCAL.

1. Objeto. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad mediante Oposición Libre de una plaza de Auxiliar de Policía Local, de nueva creación.

2. Condiciones de los aspirantes:

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, con referencia al último día de presentación de instancias habrán de cumplir los siguientes requisitos: a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años y no exceder de 30. c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad. f) Estar en posesión del Certificado de Estudios Primarios. g) Presentación, previa a la práctica de los ejercicios físicos, de Certificación Médica acreditativa de que el aspirante no esté incurso en el Cuadro de inutilidades y de que se encuentran capacitados para realizar las pruebas físicas que se exigen en la Oposición, los que se relacionan en el anexo de esta Convocatoria. h) Tener una talla mínima de 1,70 metros para hombres y

1,65 para mujeres.

i) Estar en posesión del Carnet de Conducir en vigor de las Clases A-2 y B-1.

j) Tener cumplido el Servicio Militar o estar exento del mismo para hombres.

3. Características de orden retributivo de la plaza: La plaza que se convoca correspondiente a la plantilla de Funcionarios, está dotada con las retribuciones básicas correspondientes a los Grupos a que se refiere el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y complementarias que la Corporación tiene aprobadas en su Catálogo de Puestos de Trabajo, conforme al Real Decreto Legislativo 861/1986.

4. Instancias: Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria, en la que los aspirantes señalarán el número del DNI, y domicilio, y deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones establecidas en la base segunda, con regerencia a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias y que se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución, se dirigirán al Sr. Presidente de la Corporación, y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas de 9 a 13 y en el plazo de veinte días naturales, a contar del siguiente a aquél en el que se publique en el Boletín Oficial del Estado.

A las instancias, que podrán también presentarse en la forma establecida en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Adminitrativo, de 17 de julio de 1958, se acompañará la documentación que se expresa.

a) Carta de Pago acreditativa de haber ingresado, en la Depositaría Municipal la cantidad de 3.000 ptas, en concepto de derecho de examen.

5. Admisión: Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución en el plazo de 15 días declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de la Corporación¯, concediéndose un plazo de diez días hábiles a efectos

de reclamaciones, las que, de presentarse, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva que será, asimismo, hecha pública de idéntica forma.

6. Tribunales calificadores, formación y actuación de los tribunales: Los Tribunales que juzgarán las pruebas selectivas

objeto de la presente convocatoria estarán integrados por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Miembro de la misma en quien delgue.

Secretario: El de la Corpoación o funcionario de Habilitación Nacional, que actuará con voz y voto.

Vocales:

Un representante designado por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Un representante de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Un representante de la Excma. Diputación Provincial.

Un funcionario de Habilitación Nacional.

Dos Concejales del Excmo. Ayuntamiento.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. Siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y

del Secretario, y sus decisiones se adoptarán por mayoría.

7. Comienzo de las pruebas selectivas. La fecha, hora y lugar de celebración de las correspondientes pruebas serán hechas públicas en el Boletín Oficial de la Provincia.

8. Actuación de los aspirantes: La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético del primer apellido.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo exluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal. Igualmente han de concurrir a las pruebas provistos del D.N.I. al efecto de su identificación por el Tribunal, cuando lo estime oportuno, así como de máquina de escribir.

9. Calificación de las pruebas: Los miembros del Tribunal que juzguen las pruebas puntuarán cada ejercicio con un máximo de

10 puntos.

La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los distintos Miembros del Tribunal.

10. Calificación final: La suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicio dará la calificación final.

Las calificaciones se harán públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación.

En aplicación de lo establecido en el párrafo 5º del art. 18 de la Ley 30/84 de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, los Tribunales no podrán aprobar ni declarar que han superado las pruebas un múmero superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

Para lo no previsto en estas Bass, el Tribunal queda autorizado a resolver cuantas dudas e incidencias se presenten,

adoptando los acuerdos necesarios para el normal desarrollo de las pruebas.

11. Presentación de documentos: Los aspirantes que tengan la condición de Funcionarios Públicos deberán presentar únicamente la certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente.

Los aspirantes que no sean Funcionarios Públicos deberán presentar en el plazo de 20 día siguientes a la publicación de la lista de aprobados, los documentos relativos de las condiciones que para tomar parte en las pruebas se exigen y que son: 1. Certificación de Nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente.

2. Título exigido o el resguardo de pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

3. Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes

funciones.

4. Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado o de la Administración Local, ni de las Comunidades Autónomas, no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

5. Delcaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

6. Carnet de conducir de la clase A-2 y B-1.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos no podrán ser nombrados, y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el

plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento; aquéllos que no tomen posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncian a la plaza.

12. Base final. En todo lo no previsto en las Bases anteriores, se estará a lo que dispone la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, R.D. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, así como cuantas

disposiciones de carácter local sean de aplicación, el R.D.

712/82 de 29 de abril por el que se simplifica el procedimiento para el ingreso en la Función Pública Local, y en el Reglamento General de ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado aprobado por R.D. 2223/84 de 19 de diciembre y Ley 23/88 de 28 de julio.

A N E X O

PRUEBAS PARA LA PROVISION MEDIANTE OPOSICION LIBRE DE

UNA PLAZA DE AUXILIAR DE POLICIA LOCAL.

El procedimiento de selección es el de Oposición Libre. El cuadro de inutilidades es el que se refiere a continuación:

A) Enfermedades Generales

1. Obesidad manifiesta en la que el perímetro abdominal exceda de 15 cm. al torácico.

2. Infantilismo marcado.

B) Enfermedades del Aparato Digestivo.

1. Falta o pérdida de uno o ambos labios.

2. División congénita o perforaciones adquiridas y extensas en la bóveda palatina cuando dificulten notablemente la emisión de la palabra.

3. Falta de pérdida total de la mandíbula inferior que determinen trastornos funcionales graves.

4. Falta o pérdida parcial de la lengua.

C) Enfermedades de los aparatos respiratorio y circulatorio.

1. Tartamudez grave o permanente.

2. Deformación acentuada del tórax, que dificulte la respiración o circulacion o entorpezca los movimiento del tronco.

3. Hipertensión o hipotensión marcadas.

D) Enfermedades del aparato locomotor.

1. Amputación de culaquier dedo en ambas manos.

2. Falta del dedo gordo del pie. Pies planos y semiplanos.

3. Atrofias o anquilosis de un miembro que sean incompatibles con los esfuerzos y servicios del cuerpo.

4. Cuerpos móviles interarticulares que comprometen el libre funcionamiento de un miembro o articulación impotente.

5. Secciones o roturas musculares o inserciones viciosas de los músculos que originen lesión funcional considerable.

6. Acortamiento de una extremidad inferior con asimetría en las articulaciones coxofemorales en bipedestación.

7. Lesiones en manos o dedos que produzcan una limitación de flexión o extensión.

8. Lesiones en columna cervical que comprometen la circulación encefálica.

E) Enfermedades del aparato de Audición.

1. Sordera, que produzca la disminución de la agudeza auditiva por debajo de los siguientes límites.

Voz cuchicheada debe ser oída entre los 0,20 y 0,50 metros de distancia.

Voz alta debe ser oída entre 1,25 y 4 metros.

F) Enfermedades del aparato de la visión.

Defectos que impidan el normal desarrollo de las funciones de Guardia de Policía Local.

Los ejercicios de la oposición serán los siguientes:

Primer ejercicio. Primera parte: Consistirá en exhibir ante el Tribunal el Carnet de Conducir en vigor de las clases A-2 y B-1. Segunda parte: Consistirá en realizar las siguientes pruebas físicas.

1ª Carrera de velocidad 60 metros.

Marca mínima para hombres: 10 segundos.

Marca mínima para mujeres: 12 segundos:

Se permitirán dos intentos para cada aspirante.

2ª Carrera de resistencia sobre 1.000 metros.

marca mínima para hombres: 5 minutos.

Marca mínima para mujeres: 6 minutos.

Se permitirán dos intentos para cada aspirante.

3ª Salto de longitud:

Marca mínima para hombres: 4 metros.

Marca mínima para mujeres: 3 metros.

Se permitirán tres intentos para cada aspirante.

4ª Salto de altura (en carrera).

Marca mínima para hombres: 1,30 metros.

Marca mínima para mujeres: 1,10 metros.

Se permitirán tres intentos para cada aspirante.

Segundo ejercicio: Examen Psicoténico.

Se realizará un cuestionario acomodado a las condiciones exigidas a estos puestos de trabajo.

Las pruebas de los ejercicios 1º y 2º serán eliminatorias, siendo imprescindible superarlas para pasar al siguiente ejercicio. Tercer ejercicio: Examen mecanográfico.

Consistirá en redactar un formulario o documento habitual en la práctica administrativa municipal propuesto por el Tribunal y durante el tiempo que prudencialmente dicho Tribunal señale sin que pueda exceder de 30 minutos.

Cuarto ejercicio: Prueba analítico-profesional.

Primera parte: Consistirá en desarrollar por escrito en plazo no superiro a dos horas, un tema de materias comunes, y otro de materias específicas, de entre dos elegidos al azar de las materias comunes y materias específicas, del Programa que se especifica. Segunda parte: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, determinado por el Tribunal en relación con los temas del programa que más abajo se especifica.

PROGRAMA PRUEBA ANALITICO PROFESIONAL

I. MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Organización política del Estado Español. La Constitución de 1978. Significado, estructura y contenido.

Reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional.

Tema 2. La Regulación de los derechos y deberes fundamentales de la persona en la Constitución. Su garantía y suspensión. El Defensor del Pueblo.

Tema 3. La Corona. Las funciones constitucionales del Rey. La Sucesión a la Corona. El refrendo de los actos del Rey: Significado. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 4. El Poder Judicial. Su organización y distribución de competencias. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio

Fiscal.

Tema 5. La Organización territorial española. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía: su contenido y valor normativo. La Administración Local: concepto, principios constitucionales y Entidades que comprende.

Tema 6. La Administración Central del Estado. La organización ministerial. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Otros órganos centrales. La Administración periférica del Estado: los Delegados del Gobierno y los Gobernadores Civiles.

II MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 7. El Municipio. Organización y competencias del Municipio. Obligaciones mínimas. Los órganos de Gobierno Municipales. El Alcalde: elección, deberes y atribuciones. Los

Concejales, carácter del cargo, Estatuto y sistema de elecciones.

Tema 8. El Ayuntamiento Pleno: integración y funciones. La Comisión de Gobierno. Organos de participación ciudadana. Las

Juntas Municipales de Distrito. Las Comisiones informativas.

Tema 9. La Función Pública Local y su organización. Clases de funcionarios. Los funcionarios de carrera. El personal de la Policía Local.

Tema 10. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Régimen económico. Derechos pasivos: la Mutualidad Nacional de Administración Local.

Tema 11. Las situaciones administrativas de los funcionarios: supuestos y efectos. El régimen disciplinario de los funcionarios: Especialidades de personal de la Policía Local.

Tema 12. La Policía como forma de intervención de los Entes Locales en la actividad privada. Las Ordenanzas y Reglamentos Municipales: especial referencia a las Ordenanzas de Policía. Los Bandos del Alcalde.

Tema 13. El modelo policial Español. Funciones de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, de las Policías Autonómicas y de las Policías Locales. Las Juntas Locales de Seguridad. La seguridad privada.

Tema 14. La Policía Judicial. La actuación de la Policía Local como Policía Judicial. La seguridad ciudadana: la competencia en este orden de los Municipios y de las Policías Locales.

Tema 15. La Policía Municipal y las relaciones humanas. Normas que deber presidir las relaciones del Policía Municipal con el público.

Tema 16. La Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad. Objeto de la ley y ámbito de apliación. Organos competentes. Atribuciones de los Municipios. Coordinación de competencias.

Tema 17. Transporte de personas y mercancías. Normas generales de los conductores. Normas sobre bebidas alcohólicas y

sustancias estupefacientes.

Tema 18. Circulación de vehículos. Circulación de personas. Circulación de animales.

Tema 19. Otras normas de circulación.: puertas y apagado de motor, cinturones de seguridad y cascos y otros elementos de seguridad. Comportamiento en caso de emergencia. Las autorizaciones administrativas.

Tema 20. Infracciones y Sanciones. Medidas cautelares. Responsabilidad. Procedimiento sancionador.

Tema 21. La protección civil. Concepto. Organismos competentes. Casos en que actúa. Deberes y obligaciones en materia

de protección civil. Las funciones de los Municipios y de la Policía Municipal.

Tema 22. El Derecho Penal. Concepto y fuentes. Delitos y faltas. Clases de delitos. Las penas.

Tema 23. Circunstancias que eximen de responsabilidad criminal. Circunstancias atenuantesy agravantes. Personas responsables criminalmente de los delitos y faltas.

Tema 24. Delitos contra las personas: estudio del homicidio y de las lesiones. Delitos contra la propiedad: estudio del robo y el hurto.

Tema 25. Delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.

Fines 9 de diciembre de 1992.- El Alcalde, José Manuel

Sánchez Sánchez.

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