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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha
16 de diciembre de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 4904/90, promovido por Caja Rural Provincial de Sevilla, S.C.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por la Procuradora Sra. Quesada Parras, en nombre y representación de Caja Rural Provincial de Sevilla Sociedad Cooperativa Andaluza de Crédito, contra resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía de 1º de Septiembre de 1990, desestimatoria del recurso de alzada contra la resolución de la Delegación Provincial recaída en Expediente sancionador
1604/89; que confirmamos por ajustado a Derecho. Sin costas.
Sevilla, 7 de abril de 1993.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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