Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 27/4/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 11 de febrero de 1993, por la que se autoriza la creación de una Sección de Formación Profesional de Educación Especial Aprendizaje de Tareas, en el Centro Privado La Colina, de Málaga.

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Examinado el expediente promovido a instancia de D. Luis Javega Fernández, en calidad de Consejero-Delegado de la Entidad Filpema Coop. Andaluza, titular del Centro Privado "La Colina", de Málaga, el que solicita autorización para la creación de una Sección de Formación Profesional Especial dependiente de dicho Centro, para impartir Formación Profesional de Primer Grado, Rama Agraria, Profesión Agraria en la modalidad "Aprendizaje de Tareas".

Resultando que por Orden de 30 de Octubre de 1984 (BOJA 23/11/1984), el Centro está autorizado para impartir Enseñanza de Educación Especial.

Habiendo comprobado en el mencionado expediente que el Centro cumple los requisitos exigidos por la normativa vigente y, en concreto, por la Ley

8/1985 de 3 de Julio, reguladora del derecho a la Educación; la Ley

1/1990 de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y Decreto 109/1992 de 9 de Junio sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Considerando que el expediente de referencia se inició antes de la entrada en vigor del Real Decreto 1004/1991 de 14 de Junio, se han aplicado los requisitos establecidos por el Real Decreto 334/1985 de 6 de Marzo, de Ordenación de la Educación especial para su integración en el sistema educativo ordinario; la Orden de 26 de Marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades, para la redacción de proyectos de Centros Públicos de Educación Especial.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha resuelto:

PRIMERO.- Autorizar la creación de una Sección de Formación Profesional de 1º. Grado en la modalidad de Educación Especial de Aprendizaje de Tareas en el Centro Privado "La Colina" de Málaga en la Rama Agraria: Profesión Agraria; con una capacidad máxima de 15 puntos escolares. (Para 1 Unidad).

SEGUNDO.- La Sección quedará adscrita al IES nº 1 de Málaga.

TERCERO.- El profesorado, así como los elementos materiales de instalaciones didácticas y demás medios necesarios, deberán ajustarse en todo momento a lo que exijan las disposiciones vigentes, a fin de asegurarse la eficacia de las enseñanzas conforme al nivel de modalidad autorizada.

CUARTO.- La presente autorización no implicara compromiso de Concierto Educativo, estando éste supeditado a las limitaciones presupuestarias de cada ejercicio económico y a las Condiciones Generales fijadas al respecto.

Contra esta Orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el art. 126, párrafo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el art. 52.2º de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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