Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 27/5/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 13 de abril de 1993, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se presta conformidad a la permuta de varios inmuebles propiedad del Ayuntamiento de Montoro (Córdoba), por un local comercial propiedad de don Francisco Martínez Magdaleno y otros.

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En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Montoro (Córdoba) se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos

22.2.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 79.1 y 80 del Real Decreto

781/1986 de 18 de abril; artículos 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986.

Siendo necesario dar cuenta a la Junta de Andalucía de los expedientes de enajenación de bienes patrimoniales de propios cuando el valor de éstos no exceda el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación (artículo 109.1 del Real Decreto 1371/1986).

Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar la conformidad a los expedientes de permuta de bienes cuya cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario (artículos 3º. 9 del Decreto 29/1986 de 19 de febrero). En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de los siguientes bienes:

A) Inmuebles propiedad del Ayuntamiento de Montoro (Córdoba):

Casa construida sobre solar de 706 metros cuadrados, situada en el término de Montoro, en la Sierra, en el Pago de la Nava, sitio del Callejón de la Encarnada, que consta de una vivienda con dos plantas. Tiene una extensión edificada útil de 53 metros cuadrados, 57 decímetros cuadrados y el resto hasta 606 metros cuadrados se destina a patio y edificación que estuvo destinada a escuela. Linda al frente con Callejón de la Encarnada, a la derecha entrando con finca de que se segregó de Dª Ana Moreno Luque, a la izquierda con finca de D. Francisco Ruiz Serrano y al fondo con finca de D. Mauricio López. Casa situada en el término de Montoro, en el Charco del Novillo, con entrada por el Camino de la Palma, cuya extensión es de 100 metros cuadrados, de los qe están propiamente edificados

47 metros cuadrados, y el resto se destina a patio. Linda todo ello al frente con el Camino de la Palma, a la derecha y fondo con terrenos del Ayuntamiento y a la izquierda con finca de Dª Dolores Porras de la que se segrega. Casa situada en el término de Montoro, en la Sierra, en el Pago de Casillas, con frente a la carretera de Montoro a Adamuz, en el kilómetro 12 de la misma, que consta de vivienda con una extensión edificada útil de 53 metros cuadrados y 57 decímetros cuadrados, y el resto hasta los 541 metros cuadrados se destina a patio y edificación que estuvo destinada a escuela. Parcela en la Sierra de este término, pago de la Torrecilla, con una superficie de 400 metros cuadrados, que linda al Norte con olivos de D. Hermenegildo Escolar, al Este y Sur con D. Antonio Herrero y al Oeste con el resto de los olivos de que se segrega, de la que se halla separado por la carretera de Montoro a Cardeña. Sobre esta parcela se encuentran construidas dos viviendas de 64,12 metros cuadrados cada una de ellas y dos edificaciones de 81 metros cuadrados cada una, que estuvieron destinadas a escuelas.

B) Local comercial de 106 metros cuadrados útiles propiedad de D. Francisco Martínez Magdaleno, Dª. Ana María Ruiz casada con D. Fernando Pérez Rojas, D. Juan Barbado Ruiz casado con Dª María Susana Rodríguez Navarro, D. Antonio Miguel Rojas Romero casado con Dª Isabel Gallardo Lara, D. Antonio Arroyo Baena casado con Dª Isabel Lara Guillén, D. José Majuelos Calero casaso con Dª Catalina Márquez de la Coba, Dª Enriqueta Avila Gómez casada en régimen de separación de bienes y D. Francisco Javier Cepas Ramos. Situado en planta baja con frente principal a la calle Miguel Romero Esteo, paralela a la calle de Cervantes, y en la que están abiertos los dos portales de acceso a las viviendas del edificio.

2º. Los señores indicados en el apartado anterior deberán ingresar en las arcas municipales la cantidad de quinientas ochenta y cuatro mil doscientas veintitrés pesetas (584.223 Pts), que corresponden a la diferencia de valor de los bienes objeto de permuta.

3º. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Montoro (Córdoba).

4º. Publicar la presente Resolución en el BOJA.

Córdoba, 13 de abril de 1993.- El Delegado, Rafael

Ortega Cruz.

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