Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 1/7/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 8 de junio de 1993, por la que se convoca el Certamen Andaluz de Música Joven (Canción de Autor), como actuación integrada en el Plan Andalucía Joven.

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La Consejería de Asuntos Sociales, a través de la Dirección General de Juventud, en su intento de promocionar y dar participación a aquellos/as jóvenes andaluces/zas y sus iniciativas relacionadas con la música en general, y en particular con la canción de autor, en desarrollo de las actuaciones que se contemplan en el Plan "Andalucía Joven", entre cuyos objetivos incluye fomentar la sensibilidad musical e incentivar la creatividad como forma de expresión artística.

Para alcanzar los objetivos planteados, esta Consejería en cumplimiento del artículo 12 del Decreto 31/1988, de 17 de febrero, previo informe al Comité Interdepartamental para la Juventud, convoca por la presente Orden del Certamen Andaluz de Música Joven (Canción de Autor), con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera: Participantes.

El Certamen Andaluz de Música Joven (Canción de Autor), va dirigido a todos/as los/as jóvenes andaluces/zas o residentes en Andalucía con edades comprendidas entre los 15 y 30 años, cumplidos durante el año 1993, que compongan e interpreten temas musicovocales con o sin acompañamiento en cualquiera de sus variantes, a excepción de las de rock.

Los grupos o solistas que se inscriban no podrán ser profesionales.

Segunda: Inscripción.

Se realizará cumplimentado el Boletín de Inscripción que figura como Anexo I a las presente Bases y se remitirá preferentemente a la Delegación Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales de Jaén.

Podrán presentarse a la misma o a través de las demás Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales o por cualquier otro de los medios que establece la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación finaliza el día 10 de septiembre de 1993.

Tercera: Documentos y requisitos.

Junto al Boletín de Inscripción debe remitirse:

1. Currículum (año de fundación, biografías, repertorios, actuaciones, críticas recibidas, etc.).

2. Fotocopia del DNI del solista y, en su caso, relación nominal de los/as componentes del grupo que le acompaña, especificando edad e instrumento que toca cada uno/a.

3. Fotografía del grupo o solista.

4. Cinta-cassette grabada recientemente, con la mejor calidad posible, por el grupo o solista, con al menos tres temas representativos.

5. Declaración jurada, según modelo Anexo II, exceptuando el supuesto de coincidir autor/a y ejecutante.

6. Autorización para la reproducción y comunicación pública de sus interpretaciones y ejecuciones, según modelo Anexo III>

Las citadas cassettes se presentarán en sobre cerrado en cuyo exterior se indicará un título o lema elegido por el grupo o solista.

Cuarta: Selección de Participantes y Jurado.

La selección de participantes se realizará conforme a criterios de calidad, originalidad y valor musical de los trabajos, por un Jurado nombrado por el Director General de Juventud, y presidido por él mismo o persona en quien delegue.

El Jurado estará formado por:

Vicepresidente: El Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Cultura y Medio Ambiente de Jaén o persona en quien delegue.

Vocales: Cuatro personalidades de renombrado prestigio en el campo de la música pop y los medios de comunicación.

Secretario: Un/a representante de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, que actuará con voz pero sin voto.

El Jurado seleccionará de entre los/as participantes inscritos/as a un máximo de cuatro grupos o solistas, los/as cuales actuarán en la fase final del Certamen.

El Fallo del Jurado se hará público y será firme e irrevocable.

Quinta: Fase final.

La Dirección General de Juventud, a través de la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, dispondrá los medios necesarios para la organización y realización de diferentes actuaciones, en las cuales participarán todos los grupos o solistas seleccionados.

Durante estas actuaciones, el Jurado nominará a uno/a de los/as participantes para la grabación de un disco maxi-single que contenga algunos de los temas e interpretaciones presentadas en el Certamen.

Sexta: Premios.

Se otorgarán los siguientes premios:

- 100 copias del disco para el grupo o solista que haya resultado nominado para la grabación del mismo.

- 100.000 pts. en metálico para cada uno de los grupos o solistas seleccionados y actuantes en la fase final.

Séptima.

Ningún participante o grupo percibirá por su actuación, como "cachet", cantidad alguna. La organización pagará los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de los/as solistas o grupos seleccionados.

Octava.

La participación en esta Convocatoria supone la aceptación de todas las bases.

DISPOSICIONES FINALES

Primera: Se delega en el Delegado Provincial de la Consejería de Asuntos Sociales de Jaén en el Ejercicio de las funciones de aprobación del gasto, liquidación y proposición de pago a que se refiere el artículo

50.1 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, y artículo 3.1º de la Orden de la Consejería de Asuntos Sociales, de 9 de diciembre de 1992, en relación con el Certamen Andaluz de Música Joven (Canción del Autor), regulado en la presente Orden y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.19.00.01.00.226.07.

Segunda: Los/as miembros del Jurado, a que se refiere la Base Cuarta de la presente Convocatoria, percibirán, en su caso, por su participación en el mismo, las indemnizaciones establecidas en la normativa vigente.

Tercera: La presente Orden entrará en vigor el día siguiente el día al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de junio de 1993

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Asuntos Sociales

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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