Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 10/7/1993

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 8 de octubre de 1992, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Granada, por el que se aprueba definitivamente la revisión de las normas subsidiarias de Pinos Puente (00046) (PP. 2003/93).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Acuerdo adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo en su Sesión Celebrada el día 8 de octubre de 1992.

Pinos Puente. Revisión de Normas Subsidiarias de Planeamiento de Pinos Puente Rfª: 00046.

«Examinado el expediente de Revisión de Normas Subsidiarias de Planeamiento de Pinos Puente aprobadas provisionalmente por el Ayuntamiento en fecha 6 de junio de 1991 elevado a la Comisión Provincial de Urbanismo a los efectos previstos en el artº 114.2 del Real Decreto Legislativo 1/1992 de 26 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Atendiendo a lo dispuesto en el citao Texto Legal, Reglamento de Planeamiento, Decreto 194/1983 de 21 de septiembre por el que se regula el ejercicio por los órganos urbanísticos de la Junta de Andalucía en materia de Urbanismo. Vistos los informes de la Ponencia Técnica y Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, y en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en el artº 11 del Decreto

194/1983 en relación con el artº 118 del Real Decreto Legislativo

1/1992 de 26 de junio, la Comisión Provincial de Urbanismo

HA RESUELTO

Primero. Aprobar definitivamente las mismas quedando pendiente la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en tanto no se cumplimenten los extremos expuestos en el apartado Segundo de esta Resolución; quedando en suspenso el Sector de Suelo Apto para Urbanizar U-3 por estar los terrenos afectados por el Plan Especial de Protección del Medio Físico para la Provincia de Granada con Protección Cautelar dado que se está redactando por el Ayuntamiento de Pinos Puente un Plan Especial para este tipo de suelo que desarrollará las determinaciones del Plan Especial de Protección del Medio Físico, en concreto para el ámbito territorial de Pinos Puente.

Segundo. Deberán cumplimentarse los siguiente extremos: A) Suelo Urbano:

1. La altura mínima de vuelos sobre rasantes de acera se fijará como mínimo 3,50 ms.

2. Se fijarán las distintas categorías de industrias y se completará el cuadro de compatibilidades en función de las mismas. 3. Aportará Normas Generales de Urbanización. 4. Se distinguirá con claridad la trama en los planos de ordenación no se distinguen con claridad el sombreado de los mismos. 5. Se aportará propuesta de saneamiento indicándose además el sistema de depuración a seguir. 6. La protección fijada en materia de Patrimonio Histórico Artístico se adecuará al informe que emita el Organismo competente en la materia.

7. La delimitación de la zonificación en el núcleo de Trasmulas se adecuará a lo que determine el informe del A.M.A. en lo referente a la delimitación de la masa Arbórea. B) Suelo apto para urbanizar:

1. Se hará concordar la descripción del suelo apto para urbanizar con la establecida en fichas y documentación gráfica y se completará la normativa general para este tipo de suelo. 2. Se aportarán garantías de suministro de aguas en cantidad y calidad mediante certificaciones de los organismos competentes en ambas materias.

3. La dotación de agua se fijará en 400 1/h/d. C) Suelo no urbanizable:

1. Falta completar trama (Zona cautelar Vega de Granada). 2. El concepto de núcleo de población se definirá en base a las características propias del municipio estableciendo las condiciones objetivas que den lugar a su formación, debiéndose fijar además parámetros de distancias mínimas al suelo urbano y apto para urbanizar.

3. Se redactará Normativa específica para rehabilitación de edificaciones existentes y posibles usos alternativos así como para Secadero de Tabaco.

Asimismo, habrá de adecuarse las determinaciones de las NN.SS. al informe vinculante que la Demarcación de Carreteras del Estado emita sobre la influencia de la Carretera Nacional y al emitido por el Servicio de Carreteras de esta Delegación de Obras Públicas y Transportes del que se dará traslado al Ayuntamiento.

Tercero. Esta Resolución se notificará al Ayuntamiento de Pinos Puente e interesados¯.

Una vez cumplimentado el acuerdo aprobatorio de la Comisión Provincial de Urbanismo de fecha 8 de octubre de 1992,

procede la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Contra el presente acuerdo podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes a través de la Delegación Provincial de Granada en el

plazo de 15 días contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), pudiéndose presentar los Recursos en los locales de la Delegación Provincial de Granada sitos en la Avenida de la Constitución nº 18 portal 2 durante las horas de oficina, o por cualquier otro medio establecido en el artº 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Granada, 8 de octubre de 1992.- La Secretaria, Olvido

Pérez Vera, Vº. Bº. El Vicepresidente, Pedro Julián Lara Escribano.

Descargar PDF