Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 10/9/1993

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 27 de julio de 1993, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede a la Asociación de Antiguos Alumnos de las Escuelas Profesionales de la Sagrada Familia de Alcalá de los Gazules, una subvención por importe de doscienta mil pesetas, al amparo de lo establecido en el Decreto que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la solicitud presentada en esta Delegación por la entidad sin ánimo de lucro denominada Asociación de Antiguos Alumnos de las EE.PP. de la Sagrada Familia de Alcalá de los Gazules, al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de

31 de mayo, por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Empresas y entidades sin ánimo de lucro cuya actividad esté relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación.

Resultando que los motivos expuestos en dicha solicitud se adecúan a los objetivos establecidos en el referidio Decreto

117/89 y contando con dotación presupuestaria.

Considerando que, por virtud de lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1992, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvneciones que se establecen en el Decreto 117/89, y teniendo en cuenta el artículo

18.5 de la Ley 3/91, de 28 de diciembre y Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón d anuncios del correspondiente acuerdo de subvención. Y en uso de las facultades que el artículo único de la citada Orden de 11 de marzo de 1993 me atribuye,

HE RESUELTO

1? Conceder a la Asociación de Antiguos Alumnos de las EE.PP. de la Sagrada Familia de Alcalá de los Gazules una subvención por importe de 200.000 ptas. para la «Edición del Libro sobre la SA. FA. en Alcalá de los Gazules¯.

2? Notificar su otorgamiento a la citada entidad.

3? Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4? Requerir a la entidad beneficiaria la justificación del gasto realizado en el plazo de 1 mes, mediante la aportación de las correspondientes certificaciones relativas al asiento en contabilidad y el de la realización del servicio al cual van destinadas las subvenciones (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 27 de julio de 1993.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

Descargar PDF