Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ilmos. Sres.:
El Decreto 120/1988, de 23 de marzo, por el que se regulan las actuaciones de promoción pública en régimen de autoconstrucción, fomenta la edificación de nueva planta que promueva la Consejería de Obras Públicas y Transportes con cargo a sus programas anuales, mediante convenios con los respectivos Ayuntamientos y que se construyan sustancialmente por sus futuros propietarios mediante aportación de su trabajo personal. A este respecto, la Consejería de Obras Públicas y Transportes, tiene como finalidad facilitar el acceso a la vivienda a amplios sectores de la población a iniciativa de determinados Municipios de diversas provincias Andaluzas. Por todo ello, mediante la presente orden, pretende determinar las actuaciones a efectuar con cargo a sus programas anuales, una vez que las Corporaciones Locales interesadas, a través de sus respectivos Acuerdos Plenarios, han prestado conformidad a las actuaciones a efectuar aportando la documentación requerida al efecto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del mencionado Decreto.
En su virtud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto
120/1988, de 23 de marzo, y a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Primero.Se aprueban las actuaciones de promoción pública de viviendas en régimen de Autoconstrucción a efectuar en los Municipios que figuran como anexo, con indicación de nombre del Municipio, número de viviendas y las características para el desarrolo de las actuaciones.
Segundo.Las actuaciones se regulan mediante los correspondientes Convenios de Cooperación y Gestión a suscribir entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y los respectivos Ayuntamientos.
Tercero.El contenido de los proyectos de ejecución y el desarrollo de las obras habrán de ajustarse a las determinaciones técnicas y económicas que para la promoción pública tiene establecida la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
Cuarto.La presente aprobación se notificará a los Ayuntamientos afectados.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 5 de julio de 1994
JUAN JOSE LOPEZ MARTOS
Consejero de Obras Públicas y Transportes, en funciones
Ilmos. Sres. Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda, y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
ANEXO
RELACION DE MUNICIPIOS
Provincia de Cádiz
Municipios Núm. de Viviendas
Paterna de Rivera 20 Benalup 16 Algodonales 20 Espera 20 Puerto Serrano 20 Total 96
Provincia de Córdoba
Municipios Núm. de Viviendas
Guadalcázar 14 Iznájar 10
Villafranca 8
Fuente Obejuna (La Cardenchosa) 12
Fuente Palmera 16
Zuheros 14
Total 74
Provincia de Granada
Municipios Núm. de Viviendas
Cuevas del Campo 15
Laroles 12
Vélez de Benaudalla 15
Total 42
Provincia de Huelva
Municipios Núm. de Viviendas
Bollullos Par del Condado 22
Calañas 10
El Campillo 10
Santa Bárbara 10
Rociana del Condado 24
Villalba del Alcor 16
Zufre 10
Total 102
Provincia de Málaga
Municipios Núm. de Viviendas
Ronda 12
Total 12
Provincia de Sevilla
Municipios Núm. de Viviendas
Almadén de la Plata 23
Camas 10
La Campana 25
Cantillana 12
Carmona 17
Carmona (Guadajoz) 20
Castilblanco de los Arroyos 10
El Coronil 16
Ecija (Isla Redonda) 15
Ecija (Villanueva del Rey) 13
Fuente de Andalucía 14
Gerena 16
El Viso del Alcor 22
Villaverde del Río (Bda. de la Paz) 10
Villaverde del Río (Conejera) 9
Total 232
Descargar PDF